DECRETO N° 101/22
OTORGA BENEFICIO RENTA VITALICIA HÉROES DE MALVINAS. SR. RAMÓN EDGARDO GONZÁLEZ.

Publicado en el Boletín N° 21166, el día 04 de Febrero de 2022.



SALTA, 2 de Febrero de 2022

DECRETO Nº 101

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

Expte. Nº 30277 - 276842/2021
.-

VISTO la Ley Nº 7.278 y sus modificatorias, mediante la cual se creó el beneficio “Renta Vitalicia Héroes de Malvinas”; y,

CONSIDERANDO:

Que la Comisión Provincial de Veteranos de Guerra, solicita se otorgue el beneficio "Renta Vitalicia Héroes de Malvinas" al señor Ramón Edgardo González en su carácter de veterano de guerra;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo;

Por ello, con encuadre legal en los artículos 1º y 3º de la Ley Nº 7.278, modificada por las Leyes Nº 7.355 y Nº 7.617,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase el beneficio “Renta Vitalicia Héroes de Malvinas”, al señor Ramón Edgardo González, D.N.I Nº 14.489.363, en su carácter de Veterano de Guerra, en virtud de las razones esgrimidas en el considerando, a partir de la firma del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Por Secretaría General de la Gobernación, arbítrese a través de las áreas correspondientes, los medios conducentes para hacer efectivo el beneficio, otorgado en el artículo 1º del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la partida correspondiente a Jurisdicción 011010000100 - Curso de Acción Renta Vitalicia Héroes de Malvinas. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - López Morillo




Responsive image Responsive image