DECRETO N° 1038/19
ACEPTA DONACIÓN DE INMUEBLES. MATRÍCULAS NROS. 2.668 A 2.686 DEL DEPARTAMENTO CAFAYATE DESTINADAS AL FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA Nº 3.142.

Publicado en el Boletín N° 20551, el día 29 de Julio de 2019.



SALTA, 24 de Julio de 2019

DECRETO Nº 1038

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, TIERRA Y VIVIENDA

Expediente Nº 159-227405/12

VISTO el expediente de referencia; y,

CONSIDERANDO:

Que el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Cafayate, mediante Ordenanza Municipal Nº 22/86, ratificada por su similar Nº 23/13, cedió a favor de la Provincia de Salta, en calidad de donación, los inmuebles identificados con las matrículas Nros. 2.668 a 2.686, todas del Departamento Cafayate, con el cargo de ser destinadas al funcionamiento de la Escuela de Educación Técnica Nº 3142 “Monseñor Diego Gutiérrez Pedrazza”;

Que en virtud de lo dispuesto por los artículos 1.553 del Código Civil y Comercial de la Nación, 59 de la Ley de Contabilidad de la Provincia y 23 del Decreto Nº 7.655/72, se hace necesario el dictado del instrumento legal que perfeccione la donación ofrecida;

Que, asimismo, y en lo que respecta al cargo impuesto por la mentada donación, se advierte la necesidad de afectar los inmuebles donados al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología;

Que el Poder Ejecutivo Provincial posee facultades para afectar los bienes inmuebles de la Provincia para un determinado uso, conforme las facultades generales de administración que se desprenden del artículo 144 inciso 2º de la Constitución de la Provincia y artículo 55 de la ley de Contabilidad de la Provincia (Decreto Ley Nº 705/57);

Que la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, emitió dictamen favorable en virtud a las competencias asignadas por Decreto Nº 1407/06;

Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, de conformidad a lo establecido por los artículos 144 inc. 2 de la Constitución Provincial, 1.539 y 1.553 del Código Civil y Comercial de la Nación; 23 del Decreto 7.655/72; 55 y 59 de la Ley de Contabilidad de la Provincia y el Decreto Nº 1.372/05;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Acéptase la donación efectuada por la Municipalidad de Cafayate, a favor de la Provincia de Salta, de los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 2.668, 2.669, 2.670, 2.671, 2.672, 2.673, 2.674, 2.675, 2.676, 2.677, 2.678, 2.679, 2.680, 2.681, 2.682, 2.683, 2.684, 2.685 y 2.686, todos del Departamento Cafayate, con el cargo de ser destinados al funcionamiento de la Escuela de Educación Técnica Nº 3.142 “Monseñor Diego Gutiérrez Pedrazza”.

ARTÍCULO 2º.- Agradézcase a la Municipalidad de Cafayate, la donación efectuada, la que redundará en beneficio de la Comunidad.

ARTÍCULO 3º.- Afectase los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 2.668, 2.669, 2.670, 2.671, 2.672, 2.673, 2.674, 2.675, 2.676, 2.677, 2.678, 2.679, 2.680, 2.681, 2.682, 2.683, 2.684, 2.685 y 2.686, todos del Departamento Cafayate, al Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología, para ser destinados al funcionamiento de la Escuela de Educación Técnica Nº 3.142 “Monseñor Diego Gutiérrez Pedrazza”.

ARTÍCULO 4º.- A través de la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, dependiente del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, anótese la donación dispuesta, debiendo gestionar la respectiva escrituración en Escribanía de Gobierno, y proceder al registro por ante la Dirección General de Inmuebles; y tómese razón de la afectación aquí dispuesta.

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, Tierra y Vivienda, por la señora Ministra de Educación Ciencia y Tecnología y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Klix Saravia - Berruezo Sánchez - Simón Padrós




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