SALTA, 2 de Febrero de 2022
DECRETO Nº 107
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Expediente Nº 234-288078/2021.-
VISTO el Convenio celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Social; y,
CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio, propiciado por la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores, tiene por objeto el otorgamiento de un subsidio no reintegrable para la implementación de un Proyecto denominado “Bien Activos”, en el marco del Programa Nacional de Educación, Cultura y Comunicación Comunitarias de Personas Mayores;
Que en dicho marco, se promueve la realización de actividades orientadas a la práctica de actividad física y recreativa en personas mayores, a efectos de alcanzar un estilo de vida activo y saludable;
Que dichas actividades se realizarán en las sedes ubicadas en la zona norte de la ciudad de Salta;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140, segundo párrafo, 144, inciso 1º de la Constitución Provincial, y artículos 1º y 4º de la Ley Nº 8.171 -modificada por su similar Nº 8.274-,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, y el Ministerio de Desarrollo Social, el que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archivese.
SÁENZ - Vargas - López Morillo