DECRETO N° 1091/19
APRUEBA CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE. SR. OSCAR ZORICICH. CATASTRO Nº 21.436. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO SECUNDARIO Nº 5212.

Publicado en el Boletín N° 20563, el día 14 de Agosto de 2019.



SALTA, 9 de Agosto de 2019

DECRETO Nº 1091

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE Nº 0120042-75433/2014-0.-

VISTO el Contrato de Locación de Inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representado por su titular, Prof. Nieves Analia Berruezo Sánchez y el Sr. Oscar Zoricich; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Contrato tiene por objeto la locación de un inmueble ubicado en calle Alvarado Nº 166, identificado como Catastro Nº 21.436, Sección C, Manzana 3, Parcela 22 -Salta-Capital, el cual será destinado al funcionamiento del Colegio Secundario Nº 5212 Mediado por TIC y/o cualquier establecimiento educativo dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología;

Que el Departamento Contabilidad de la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha tomado intervención efectuando la imputación presupuestaria correspondiente;

Que en virtud de lo dispuesto por el Art. 4º de la Resolución Nº 39/19 del Ministerio de Economía ha intervenido la Secretaría de Finanzas;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, por su parte, señala que el Contrato se efectúa en el marco de lo establecido en el artículo 13 inc. c) y h) de la Ley Nº 6.838 de Contrataciones de la Provincia y su Decreto Reglamentario Nº 1.448/96;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representado por su titular, Prof. Nieves Analia Berruezo Sánchez y el Sr. Oscar Zoricich, D.N.I. Nº 7.968.290, a partir del 01/01/19 y hasta el 31/12/20, el que como anexo forma parte del presente.-

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07 - SAF 1 - Curso de Acción 014-Actividad 0001- Servicios No Personales - Docencia Educación Superior - Código: 071014000100.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación, Ciencia y Tecnología y el Señor Secretario General de la Gobernación.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-



URTUBEY - Berruezo Sánchez - Simón Padrós



VER ANEXO




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