DECRETO N° 11/22
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE - MATRÍCULA Nº 1.171 DE LA LOCALIDAD DE EL GALPÓN - DEPARTAMENTO METÁN - DESTINO: FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO SECUNDARIO Nº 5.031.

Publicado en el Boletín N° 21148, el día 11 de Enero de 2022.



SALTA, 3 de Enero de 2022

DECRETO Nº 11

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 159-26555/2014-0.-

VISTO el Decreto Nº 1544/2019; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mencionado decreto se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en calle 25 de Mayo Nº 275, identificado catastralmente con la Matrícula Nº 1.171 de la localidad de El Galpón - Departamento Metán, destinado al funcionamiento del Colegio Secundario Nº 5.031, Núcleo Educativo Nº 7.020, Instituto Nº 6.034 y/o cualquier otro establecimiento educativo del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que habiéndose cumplido el plazo acordado oportunamente, las partes convienen prorrogarlo desde el 1º de enero de 2021 y hasta el día 31 de diciembre de 2022, haciendo uso de la facultad establecida en la cláusula décimo cuarta del referido contrato;

Que virtud de lo dispuesto por la Resolución Nº 27/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que el Departamento Contabilidad de la Dirección General de Administración, la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección de Asuntos Jurídicos, todos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 803/2001 y por el artículos 110 de la Ley Nº 8.072,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Prórroga del Contrato de Locación suscripta entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, representado por su titular, Dr. Matías Antonio Cánepa y el Arzobispado de Salta, representado por el S.E.R. Mario Antonio Cargnello, Arzobispo de Salta, D.N.I. Nº 10.241.082 y el Lic. Rubens Víctor Peyrote, D.N.I. Nº 7.674.925, a partir del día 1º de enero de 2021 y hasta el día 31 de diciembre de 2022, la que como Anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07 - SAF 1 - Curso de Acción 002 - Actividad 001 - Servicios No Personales - Gestión Educativa - Código: 071002000100.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Esteban (I) - López Morillo



VER ANEXO




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