SALTA, 12 de Agosto de 2019
DECRETO N° 1106
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Expte. Nº 302-148754/19-0 y agregado.
VISTO las presentes actuaciones en virtud de las cuales el señor Secretario de Energía de este Ministerio, Dr. Marcelo Alejandro Juri, D.N.I. N° 28.616.665, solicitó autorización para la Comisión Oficial que se llevó a cabo en las ciudades de Washington y Houston, Estados Unidos de América; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Comisión Oficial se solicitó a efectos de participar en el programa de capacitación y visitas, organizado por la Cámara de Comercio de los Estados Unidos en la República Argentina, y por el Instituto Argentino del Petróleo y del Gas (IAPG);
Que el citado programa tiene por objetivo incentivar el dialogo e intercambio que permita al sector público y al sector privado conocer los lineamientos de la política americana en materia de energías no convencionales, así como también, presentar a la República Argentina como un lugar de inversión para tales energías;
Que dicha Comisión no significó erogación alguna para el Estado Provincial, por cuanto el traslado, alojamiento y demás gastos fueron asumidos por las entidades organizadoras;
Que el Servicio Administrativo Financiero, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, han tomado la intervención que les compete;
Que el presente instrumento se dicta de conformidad con lo establecido en los Decretos Nºs 2769/2008, 4955/2008, Nº 248/2019 y Nº 233/19;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dáse por autorizada la Comisión Oficial efectuada por el señor Secretario de Energía del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta, Dr. Marcelo Alejandro Juri, D.N.I. N° 28.616.665, hacia las ciudades Washington y Houston, Estados Unidos, donde participó del Programa de Capacitación organizado por la Cámara de Comercio de los Estados Unidos en la República Argentina y por el Instituto Argentino del Petróleo y del Gas, el que se llevó a cabo entre los días 22 hasta el 28 de Junio del año 2019, por los motivos expuestos en el Considerando de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que la presente Comisión Oficial, no generó erogación alguna para el Estado Provincial.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
URTUBEY - Pinal - Simón Padrós