DECRETO N° 1109/21
APRUEBA CONVENIO ESPECÍFICO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO "DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE EN EX LOTES FISCALES Nº 55 Y 14, NORTE 2 - ETAPA 1ª, CELEBRADO CON EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DE LA NACIÓN.

Publicado en el Boletín N° 21141, el día 30 de Diciembre de 2021.



SALTA, 27 de Diciembre de 2021

DECRETO Nº 1109

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expte. Nº 386 -176045/2021 - 0.

VISTO el Convenio Específico suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mismo las partes acuerdan la “Ejecución del Proyecto Desarrollo Sustentable en ex Lotes Fiscales 55 y 14, Zona Norte 2 - Etapa I”, en la operatoria del Contrato de Préstamo BID Nº 3.806/OC - AR, suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo, donde se acordó un financiamiento parcial a favor de la primera en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP IV);

Que en ese contexto el Gobierno Nacional asignará a la Provincia de Salta en carácter no reembolsable, una parte de los recursos del Préstamo BID Nº 3.806/OC-AR, que asciende hasta la suma de pesos equivalentes a dólares estadounidenses un millón seiscientos cuarenta y tres mil setecientos quince con diez centavos (USD 1.643.715,10) para la ejecución del proyecto mencionado precedentemente, conforme a los apéndices A: “Aspectos Técnicos”, B: “ Costos del Proyecto” y C: “Recuperación de Costos” y al Reglamento Operativo del Programa;

Que en tal entendimiento las partes se comprometen a desarrollar en forma conjunta las acciones concretas y necesarias para posibilitar la ejecución de las obras públicas a realizarse bajo la órbita del citado proyecto;

Que los organismos jurídicos y técnicos del Ministerio de Infraestructura y del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable han tomado la intervención que les compete, sin formular observaciones;

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 segundo párrafo, 144 inciso 1º de la Constitución Provincial, y artículos 1º y 4º de la Ley Nº 8171-modificada por su similar Nº 8274-,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Específico para la ejecución del Proyecto “Desarrollo Productivo Sustentable en ex Lotes Fiscales 55 y 14, Norte 2 - Etapa 1”, con sus Apéndices A: “Aspectos Técnicos”, B: “Costos del Proyecto” y C: “Recuperación de Costos”, celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por su titular el Ingeniero Agrónomo Luis Eusebio Basterra y la Provincia de Salta, representada por el suscripto, el que como Anexo forma parte integrante del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Camacho - Cornejo (I) - López Morillo



VER ANEXO




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