DECRETO N° 1111/19
INCORPORACIÓN PRESUPUESTARIA. EJERCICIO 2.019. ADMINISTRACIÓN CENTRAL.

Publicado en el Boletín N° 20565, el día 16 de Agosto de 2019.



SALTA, 13 de Agosto de 2019

DECRETO Nº 1111

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Exptes. Nos125-237.883/18 Cpde.14, 321-77.542/19, y agregados.

VISTO los pedidos de incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuados por diversos Servicios Administrativos Financieros de Administración Central, referidos al Ejercicio 2.019; y,

CONSIDERANDO:

Que las partidas de recursos a incorporar corresponden a diversas cuentas integrantes del clasificador presupuestario de recursos por rubros del Ejercicio2.019;

Que la Ley N° 8.127 de Presupuesto Ejercicio 2.019, en su artículo 19 autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada rubro de recursos y/o financiamiento se encuentren disponibles al inicio del mismo por conceptos y/o importes de recursos y/o fuentes financieras no previstas en dicha ley;

Que debe procederse a incorporar tales recursos y ampliar las respectivas partidas de gastos en las jurisdicciones pertinentes de la Administración Central;

Que asimismo, el artículo 31 de la Ley N° 8.127, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar reestructuraciones o transferencias en los créditos presupuestarios asignados por dicha Ley;

Que deben ratificarse las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto con encuadre en el artículo 10 del Decreto Nº 172/19;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse al Presupuesto Ejercicio 2.019 de Administración Central, las partidas de Recursos por Rubro descriptas en Anexo I del presente decreto, con encuadre en lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Nº 8.127, por un importe total de $ 168.485.807,83 (Pesos ciento sesenta y ocho millones cuatrocientos ochenta y cinco mil ochocientos siete con ochenta y tres centavos), de acuerdo al detalle allí consignado.

ARTÍCULO 2º.- Dispónese, de conformidad con lo establecido en artículo 1º de este instrumento, la incorporación de partidas de Gastos por Objeto de Administración Central, por el importe mencionado en el mismo, según detalle obrante en Anexos II aI X integrantes de este decreto.

ARTÍCULO 3º.- Apruébanse con encuadre en el artículo 31 de la Ley N° 8.127, las transferencias de partidas de Gastos por Objeto efectuadas en el Presupuesto Ejercicio 2.019 de Administración Central, por un importe total de $21.413.096,36 (Pesos veintiún millones cuatrocientos trece mil noventa y seis con treinta y seis centavos), según detalle obrante en Anexos X a XVII de este instrumento.

ARTÍCULO 4º.- Ratifícanse con encuadre en el artículo 10 del Decreto N° 172/19, las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias Ejercicio 2.019, efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto mediante Batch Nos 9368444, 9373739, 9373842, 9384521, 9386094, 9389742, 9395080, 9373261, 9373861, 9388932, 9389320, 9389781, 9395135, 9395162 y 9395267, que contienen los movimientos presupuestarios previstos en los artículos 1°, 2° y 3° de este instrumento.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquense a la Legislatura Provincial, dentro del plazo de 10 (diez) días, las incorporaciones y transferencias de partidas efectuadas por este decreto, conforme a lo dispuesto en los artículos 19 y 31 de la Ley N° 8.127.

ARTÍCULO 6º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Estrada - Simón Padrós



VER ANEXO


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