SALTA, 7 de Febrero de 2022
DECRETO Nº 112
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expte. Nº 234-273.717/2021.-
VISTO el Convenio Específico celebrado entre el Comité Ejecutivo del Fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene por objeto el otorgamiento de una asistencia financiera por parte del Fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana, para llevar a cabo la ejecución del Proyecto de Integración Socio Urbana en el Barrio “Nueva Esperanza 2” de la ciudad de General Güemes, Departamento General Güemes , denominado "Sistema de desagües cloacales, conexión domiciliaria de agua, cloaca y electricidad, conexiones intra domiciliarias de agua y electricidad, cordón cuneta, badenes, enripado y pozo de abastecimiento de agua";
Que la Dirección General de Coordinación Jurídica, Técnica y Administrativa del Ministerio de Desarrollo Social, tomó la intervención de su competencia;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial, y los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 8171 -modificada por su similar Nº 8274-,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Específico para la Implementación de un Proyecto con Financiación del Fondo de Integración Socio Urbana - Línea de Acción “Integración Socio Urbana de Barrios Populares RENABAP", celebrado entre el Comité Ejecutivo del Fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta, el que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Vargas - López Morillo