DECRETO N° 1123/19
ACEPTA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES. MATRÍCULAS NºS 96.598 Y 96.634 DEL DEPARTAMENTO CAPITAL. DESTINO: EJECUCIÓN DE LA OBRA "PARQUE 3 - EX BORATERA".

Publicado en el Boletín N° 20566, el día 20 de Agosto de 2019.



SALTA, 14 de agosto de 2019

DECRETO Nº 1123

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, TIERRA Y VIVIENDA

Expediente Nº 386-97064/19

>VISTO el expediente de referencia; y,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, requirió la afectación de los inmuebles identificado catastralmente con las matrículas N°s. 96.598 y 96.634 de titularidad del Instituto Provincial de la Vivienda para la ejecución de la Obra “PARQUE 3 - EX BORATERA - SALTA CAPITAL”;

Que en virtud de lo cual, el Instituto Provincial de la Vivienda emitió Resolución N° 619/19, en el marco de las facultades asignadas por la Ley N° 5.167, disponiendo la transferencia a favor de la Provincia de Salta de las mencionadas matrículas, para tales fines;

Que la Dirección General de Tierra Fiscales y Bienes del Estado, emitió opinión favorable conforme competencias asignadas por Decreto Nº 1.407/2.006;

Que en consecuencia, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo que perfeccione la transferencia instrumentada por Resolución N° 619/19 del Instituto Provincial de la Vivienda;

Que asimismo, el Poder Ejecutivo Provincial posee facultades para afectar los bienes inmuebles de la Provincia para un determinado uso, conforme las facultades generales de administración que se desprenden de los artículos Nros. 144, inciso 2° de la Constitución Provincial y 55 de la Ley de Contabilidad de la Provincia (Decreto - Ley N° 705/57);

Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, ha tomado en su oportunidad la intervención que le compete;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA
:

ARTÍCULO 1º.- Acéptase la transferencia efectuada mediante Resolución N° 619/19 del Instituto Provincial de la Vivienda a favor de la Provincia de Salta, de los inmuebles identificados catastralmente con las matrículas Nºs 96.598 y 96.634 del Departamento Capital, Provincia de Salta, los que serán destinados a la ejecución de la Obra “PARQUE 3 - EX BORATERA - SALTA CAPITAL”.

ARTÍCULO 2º.- Aféctase al Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, los inmuebles identificados catastralmente con las matrículas Nºs 96.598 y 96.634 del Departamento Capital, Provincia de Salta, para la ejecución de la Obra “PARQUE 3 - EX BORATERA - SALTA CAPITAL”.

ARTÍCULO 3º.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón, a la Contaduría General de la Provincia para su registro, y a la Dirección General de Tierra Fiscales y Bienes del Estado para su control, debiéndose gestionar la respectiva escrituración ante Escribanía de Gobierno.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, Tierra y Vivienda y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Klix Saravia - Simón Padrós




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