SALTA, 7 de Febrero de 2022
DECRETO Nº 115
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expte. Nº 234-311.176/2020.-
VISTO la Resolución Nº 996/2021 del Ministerio de Desarrollo Social; y,
CONSIDERANDO:
Que por conducto de la citada resolución, se aprobó el Acta Acuerdo suscripta por el Ministerio de Desarrollo Social y la señora Eugenia Krylov, propietaria del inmueble sito en calle Rivadavia Nº 725 de la ciudad de Salta;
Que dicha Acta Acuerdo se suscribió en el marco del contrato aprobado por Decreto Nº 1530/2017, prorrogado por Decreto Nº 870/2020, acordando en la misma la continuidad de la ocupación del citado inmueble hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que la Oficina Provincial del Presupuesto, la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y la Coordinación Jurídica, Técnica y Administrativa del Ministerio de Desarrollo Social, tomaron la intervención previa de su competencia;
Por ello, y conforme lo dispuesto en el artículo 140, segundo párrafo, de la Constitución Provincial y el Decreto Nº 803/2001,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 996/2021 del Ministerio de Desarrollo Social, la que como Anexo, forma parte del presente instrumento.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a las correspondientes partidas presupuestarias del Ministerio de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Vargas - López Morillo