DECRETO N° 117/24
DISPONE PASE A SITUACIÓN DE RETIRO VOLUNTARIO. SUB PERFECTO CLAUDIO MARCELO ESCOBAR. SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21656, el día 22 de Febrero de 2024.



SALTA, 16 de Febrero de 2024

DECRETO Nº 117

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 0140050-43672/2023-0

VISTO la Resolución Nº 16/2023, dictada por la Subsecretaría de Políticas Penales dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia; y,

CONSIDERANDO

Que por conducto de la citada resolución, la Subsecretaría de Políticas Penales solicita al Poder Ejecutivo Provincial el dictado del instrumento legal respectivo, a fin de proceder al inicio del trámite de Retiro Obligatorio del Sub Prefecto Claudio Marcelo Escobar, de conformidad a lo establecido en los artículos 43 inciso c) y 44 del Decreto Nº 1108/1985 -Reglamento de Calificaciones, Ascensos y Eliminaciones del Personal del Servicio Penitenciario-;

Que la medida propuesta se fundamenta en las condiciones arribadas por la Junta de Eliminación, en base al análisis de los antecedentes laborales, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 1108/1985 y por la Ley Nº 5639 -Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta-;

Que la Junta de Eliminación actuó dentro del marco de la legalidad administrativa, justificó acabadamente su decisión, explicando los motivos que llevaron a sus miembros a la conclusión unánime, en respeto irrestricto de principios de legalidad y debido proceso;

Que la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia de Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante Ley Nº 6818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que el agente tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997; debiendo cesar, al finalizar estas, el pago de sus haberes;

Que, por otra parte, han tomado debida intervención los servicios jurídicos de la Dirección General del Servicio Penitenciario, de la Subsecretaría de Políticas Penales, y del Ministerio de Seguridad y Justicia, los cuales coinciden en que se disponga el Retiro Obligatorio;

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nº 1108/1985 y en las Leyes Nº 5639, Nº 6818 y Nº 8128,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Obligatorio del Sub Prefecto del Servicio Penitenciario de la Provincia, Claudio Marcelo Escobar, D.N.I. Nº 25.885.016, Legajo Personal Nº 1679, de conformidad a lo establecido en el artículo 43 inciso c) y 44 del Decreto Nº 1108/1985 -Reglamento de Calificaciones, Ascensos y Eliminaciones del Personal del Servicio Penitenciario-, en mérito a los fundamentos consignados en el considerando del presente.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a situación de retiro, el Sub Prefecto Claudio Marcelo Escobar, D.N.I. Nº 25.885.016, Legajo Personal Nº 1679, deberá hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendientes de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Domínguez - López Morillo








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