DECRETO N° 1204/19
COMISIÓN OFICIAL. CIUDAD DE SANTIAGO DE CHILE.

Publicado en el Boletín N° 20577, el día 04 de Septiembre de 2019.



SALTA, 2 de Septiembre de 2019

DECRETO Nº 1204

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 262-138.351/2019 y agregado.

VISTO las presentes actuaciones, mediante las cuales se gestiona la correspondiente autorización para la comisión oficial que efectuaron funcionarios y personal dependiente de Jurisdicción 01, hacia la ciudad de Santiago de Chile; y,

CONSIDERANDO:

Que la citada comisión se realizó a fin de cubrir diversas actividades que llevó a cabo el Primer Mandatario de la Provincia, en el vecino país;

Que el Servicio Administrativo Financiero de la Gobernación, tomó la intervención de su competencia;

Por ello, con encuadre en los Decretos Nº 4955/08, Nº 4308/10, Nº 233/19 y Nº 248/19,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dase por autorizado el traslado de la aeronave Learjet 45XR - Matrícula LV-ARD, (alternativa LV-BXD) de propiedad del Estado Provincial, que trasladó al señor Gobernador de la Provincia de Salta, hacia la ciudad de Santiago de Chile, el 10 de junio de 2019, al mando de la tripulación de la Dirección General de Aviación Civil, conformada por el Piloto: Cap. Ricardo Funes, Cap. Horacio Tulián y Auxiliar a Bordo: María Fernanda David, debiéndoseles liquidar los viáticos de acuerdo a la legislación vigente, más gastos eventuales e imprevistos, con cargo de oportuna rendición de cuentas.

ARTÍCULO 2º.- Dase por autorizada la comisión oficial de la comitiva que seguidamente se detalla, que acompañó al Primer Mandatario de la Provincia, hacia la ciudad de Santiago de Chile, debiéndoseles liquidar los viáticos de acuerdo a la legislación vigente, más el importe que corresponda en concepto de gastos eventuales, con oportuna rendición de cuentas:

· Comitiva dependiente de la Dirección General de Ceremonial, que se trasladó vía aérea, entre los días 8 y 12 de junio de 2019:

- Sr. Oscar Vargas

- Sr. Romina Cerone

- Sr. Rafael Martínez

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará a los Cursos de Acción que correspondan de la Jurisdicción 01. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Simón Padrós




Responsive image Responsive image