DECRETO N° 1228/19
APRUEBA CONTRATO DE COMODATO SUSCRIPTO CON LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO.

Publicado en el Boletín N° 20580, el día 09 de Septiembre de 2019.



SALTA, 4 de Septiembre de 2019

DECRETO N° 1228

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, TIERRA Y VIVIENDA

Expediente N° 395-107520/2019.-

VISTO las presentes actuaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que el señor Intendente de la Municipalidad de San Lorenzo solicita la cesión en comodato de una fracción del inmueble de mayor extensión identificado en la Dirección General de Inmuebles con la matrícula n° 173.675, del Departamento Capital para destinarlo al funcionamiento de un “Hogar de atención de mascotas”;

Que la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado dependiente de la Coordinación de Regularización Dominial y Bienes, emitió opinión favorable conforme la competencia asignada por los Decretos N°s. 1.407/2006 y 236/2018, aconsejando hacer lugar al comodato pretendido por un plazo de diez (10) años;

Que ante el eventual incumplimiento a las obligaciones que asuma la comodataria, la Provincia podrá, una vez verificadas las mismas y sin necesidad de intimación previa, rescindir el respectivo contrato de comodato;

Que en igual sentido, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto N° 1.372/2005 y por el artículo 1.539 del Código Civil y Comercial de la Nación, la Provincia podrá requerir, por cuestiones de oportunidad, mérito o conveniencia, la restitución anticipada del bien inmueble objeto de este comodato sin derecho a reclamo o resarcimiento alguno;

Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, ha tomado en su oportunidad, la intervención que le compete;

Que de conformidad a lo establecido por el Decreto N° 7.655/1972, su modificatorio N° 1.372/2005 y el Decreto N° 3.149/2010, corresponde la emisión del presente instrumento;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el contrato de comodato celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Salta, representado por el suscripto, y la Municipalidad de San Lorenzo representada por su Intendente, Dn. Ernesto Fernando Gonza, por el cual se concede en préstamo de uso una fracción de 2 has. 7.756,36 m2 del inmueble de mayor extensión, identificado catastralmente con la matrícula n° 173.675, del Departamento Capital, el que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase al señor Director General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado a actuar como autoridad de contralor del contrato de comodato aprobado por el artículo anterior.

ARTÍCULO 3°.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles para su toma de razón, a la Contaduría General de la Provincia para su registro y notifíquese a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, para su control.

ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, Tierra y Vivienda y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-



URTUBEY - Klix Saravia - Simón Padrós



VER ANEXO


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