DECRETO N° 125/23
APRUEBA EL"PROGRAMA PROVINCIAL BANCO DE MAQUINARIAS, HERRAMIENTAS Y MATERIALES PARA LA EMERGENCIA SOCIAL".

Publicado en el Boletín N° 21416, el día 22 de Febrero de 2023.



SALTA, 16 de Febrero de 2023

DECRETO Nº 125

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

Expediente Nº 41-12972/2023-0

VISTO el “Programa Provincial Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social”; y,

CONSIDERANDO:

Que el mismo tiene por objeto la entrega de insumos, herramientas y/o equipamiento a personas en situación de vulnerabilidad social y económica, permitiéndoles generar una fuente de ingresos genuinos;

Que a su vez, se otorgará a los beneficiarios la asistencia técnica y/o capacitación necesaria en las instancias de formulación y ejecución de sus proyectos;

Por ello, en ejercicio de las competencias conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y por la Ley Nº 8171 -modificada por su similar Nº 8274-,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “Programa Provincial Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social”, el que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo a dictar las normas complementarias y a suscribir los actos necesarios para la implementación y ejecución del “Programa Provincial Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social”.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará a la partida presupuestaria correspondiente. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Dib Ashur - López Morillo



VER ANEXO


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