SALTA, 16 de Febrero de 2023
DECRETO Nº 125
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO
Expediente Nº 41-12972/2023-0
VISTO el “Programa Provincial Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social”; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene por objeto la entrega de insumos, herramientas y/o equipamiento a personas en situación de vulnerabilidad social y económica, permitiéndoles generar una fuente de ingresos genuinos;
Que a su vez, se otorgará a los beneficiarios la asistencia técnica y/o capacitación necesaria en las instancias de formulación y ejecución de sus proyectos;
Por ello, en ejercicio de las competencias conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y por la Ley Nº 8171 -modificada por su similar Nº 8274-,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “Programa Provincial Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social”, el que como Anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo a dictar las normas complementarias y a suscribir los actos necesarios para la implementación y ejecución del “Programa Provincial Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social”.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará a la partida presupuestaria correspondiente. Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Villada - Dib Ashur - López Morillo