DECRETO N° 1262/19
APRUEBA CONVENIO DE COOPERACIÓN SUSCRIPTO CON LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN.

Publicado en el Boletín N° 20581, el día 10 de Septiembre de 2019.



SALTA, 6 de Septiembre de 2019

DECRETO Nº 1262

MINISTERIO DE LA PRIMERA INFANCIA

Expediente Nº 1070376-70973/2019-0

VISTO el Convenio suscripto entre el Ministerio de la Primera Infancia y la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán; y,

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Convenio tiene por objeto establecer un marco general de cooperación en aras de la puesta en funcionamiento de la Delegación Regional que se desarrolla bajo la órbita de la Secretaría de Niñez y Familia dependiente del Ministerio de la Primera Infancia de la Provincia de Salta;

Que la Ley Provincial Nº 7.970 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, designa a la Secretaría de Niñez y Familia, como autoridad de aplicación de la citada ley;

Que en este marco, la partes suscriben el presente Convenio tendiente a desarrollar un sistema alternativo a la institucionalización, con destino a generar un ambiente de vida familiar y comunitaria, para aquellos niños en riesgo social, facilitando con ello, la operatividad de la asistencia a los pobladores de la zona optimizando los recursos existentes;

Que las partes se han fijado como desafío conjunto, habilitar una Delegación Regional, en un espacio físico dentro de las instalaciones municipales, que brinde atención multidisciplinaria a las necesidades particulares de cada niño, niña, y adolescente, dando cumplimiento a lo establecido en la Leyes Provinciales Nº 7.039 y Nº 7.970, y Ley Nacional Nº 26.061;

Que la Secretaría de Niñez y Familia, será la autoridad a cargo del funcionamiento de la Delegación Regional, debiendo gestionar los recursos necesarios para el normal funcionamiento de la dependencia, direccionando criterios y acciones, teniendo a su cargo la organización, implementación y supervisión de las actividades que se lleven a cabo, contando para ello con la colaboración de las autoridades Municipales;

Que el Ministerio de la Primera Infancia, sujeto a su disponibilidad presupuestaria y financiera, se compromete aportar en esta primera etapa fondos tendientes a posibilitar la ejecución de las acciones programadas, quedando a cargo de la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán, los cuales sólo podrán ser utilizados por la Municipalidad, para afrontar los gastos que irrogue dar cumplimiento a los objetivos propuestos en el Convenio con oportuna rendición de cuentas;

Que tomaron intervención los órganos pertinentes;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144º de la Constitución de la Provincia de Salta;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Convenio de Cooperación suscripto entre el Ministerio de la Primera Infancia y la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán, el que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de la Primera Infancia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Abeleira - Simón Padrós



VER ANEXO


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