DECRETO N° 1283/19
APRUEBA CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AGIP - GCBA) Y LA SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20584, el día 16 de Septiembre de 2019.



SALTA, 10 de Septiembre de 2019

DECRETO Nº 1283

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Expediente Nº 11-171321/2019-0.

VISTO el Convenio celebrado el 10 de julio del 2019 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía de la Provincia de Salta (SIP); y,

CONSIDERANDO:

Que el objeto de este Convenio es el de establecer lazos de cooperación, asistencia e intercambio de conocimiento y tecnología con el fin de fortalecer las capacidades institucionales y elevar la calidad, eficacia y eficiencia en temas que involucren en general toda iniciativa concerniente a sus finalidades y mutuos intereses, teniendo como metas propender a la disminución de la presión fiscal, la simplificación de los procedimientos, la agilización de trámites, la concentración de obligaciones triburias de carácter formal y la reducción de costos operativos para los contribuyentes y responsables;

Que en este marco AGIP proporcionara a la SIP, la metodología para el cálculo de la propuesta de liquidación de la Declaración simplificada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, normado en el Capítulo III bis del Título II del Código Fiscal vigente en la CABA, consistente en las capacidades y habilidades que la AGIP posee en cuanto a esa tarea específica, a partir de su experiencia, información y conocimiento;

Que la Ley N° 8053 en su artículo 31 especifica que: ”Compete al Ministro de Economía, asistir al Gobernador, en todo lo concerniente a la política fiscal, parafiscal de administración de los bienes de la Provincia y, en especial: (…) 3. Entender en la recaudación de las rentas de la Provincia y en la formulación, reglamentación, ejecución y fiscalización de la política tributaria, procurando el mayor grado de equidad tributaria y la expansión del universo contributivo”, resultando la Secretaría de Ingresos Públicos uno de los órganos a través del cual ejercita las competencias referidas;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado entre la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP- GCBA), representada por el Cdor. Andrés Gustavo Ballotta, y la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía de la Provincia de Salta, representada por el Cdor. Diego Luis Dorigato Manero, el que como anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Montero Sadir - Simón Padrós



VER ANEXO


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