DECRETO N° 13/22
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE - MATRÍCULA Nº 70.364 DEL DEPARTAMENTO CAPITAL. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN TÉCNICA Nº 3144.

Publicado en el Boletín N° 21148, el día 11 de Enero de 2022.



SALTA, 3 de Enero de 2022

DECRETO Nº 13

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120102-295524/2017-0

VISTO el Decreto Nº 566/2018; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mencionado decreto se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en calle República de Siria Nº 1093, identificado catastralmente como Matrícula Nº 70.364, del departamento Capital, destinado al funcionamiento de la Escuela de Educación Técnica Nº 3144 “Marcelo Pedro Lotufo” y/o cualquier otro establecimiento escolar dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que habiéndose cumplido el plazo acordado oportunamente, las partes convienen prorrogarlo desde el día 1º de mayo de 2020 y hasta el día 30 de abril de
2022, de conformidad a lo establecido en la cláusula décimo quinta del referido contrato;

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la Resolución Nº 27/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección de Asuntos Jurídicos, ambos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 803/2001 y por el artículo 110 de la Ley Nº 8072,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Prórroga del Contrato de Locación suscripta entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, representada por su titular, Dr. Matías Cánepa, y la firma “Conductio S.R.L.”, representada por las señoras Flavia Martorell Carranza, D.N.I. Nº 20.399.184 y Paula María Martorell Carranza, D.N.I. Nº 16.898.966, a partir del día 1º de mayo de 2020 y hasta el día 30 de abril de 2022, la que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07 - SAF 1 - Curso de Acción 003-Actividad 0001- Servicios No Personales - Secretaría de Gestión Administrativa y RRHH - Código: 071003000100.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Esteban (I) - López Morillo



VER ANEXO




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