SALTA, 18 de Septiembre de 2019
DECRETO Nº 1345
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expte. Nº 216001/19-código 321
VISTO la Ley provincial Nº 7678, por la cual se crea el Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de la Salud Pública de Salta, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12, inciso w) de la Ley, establece el derecho de los agentes comprendidos en la misma, a gozar del “Día del Trabajador de la Sanidad” el 21 de setiembre de cada año, aplicándose a los trabajadores el régimen de feriado nacional.
Que resulta razonable otorgar a los agentes dependientes del Ministerio de Salud Pública, la posibilidad de conmemorar jubilosamente su día;
Que por tal motivo, se realizarán en todo el ámbito de la Provincia actos de celebración y reconocimiento a los trabajadores de la salud;
Que entidades gremiales, solicitan el traslado del derecho mencionado, del día sábado 21 al viernes 20 de septiembre del corriente año;
Que el Sr. Ministro de Salud Pública de la provincia, presta conformidad a lo peticionado;
Por ello, en el marco de Ley provincial nº 7678,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Trasládase por este año, el “Día del Trabajador de la Sanidad”, al día viernes 20 de septiembre de 2019, como jornada no laborable.
ARTICULO 2º.- Déjase establecido que los servicios básicos de asistencia hospitalaria deberán prever las guardias pertinentes.
ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ISA - Mascarello - Simón Padrós