SALTA, 16 de Septiembre de 2019
DECRETO Nº 1341
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE FINANZAS
>Exptes. Nos33-161.180/19, 33-199.669/18 Cpde. 20 y 33-199.669/18 Cpde. 21
VISTO los pedidos de incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuados por el Servicio Administrativo Financiero de la Dirección de Vialidad de Salta, referidos al Ejercicio 2.019,y;
CONSIDERANDO:
> Que la partida de recursos a incorporar corresponde a una cuenta integrante del clasificador presupuestario de recursos por rubro del Ejercicio2.019;
Que la Ley N° 8.127 de Presupuesto Ejercicio 2.019, en su artículo 19 autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada rubro de recursos y/o financiamiento o se encuentren disponibles al inicio del mismo por conceptos y/o importes de recursos y/o fuentes financieras no previstas en dicha ley;
Que debe procederse a incorporar tales recursos y ampliar las respectivas partidas de gastos en las jurisdicciones pertinentes de la Administración Central, reflejándose además su incidencia en el Presupuesto Ejercicio 2.019 dela Dirección de Vialidad de Salta;
Que asimismo, el artículo 31 de la Ley N° 8.127, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar reestructuraciones o transferencias en los créditos presupuestarios asignados por dicha Ley;
Que deben ratificarse las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto con encuadre en el artículo 10 del Decreto N° 172/19;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Incorpórase al Presupuesto Ejercicio 2.019 de Administración Centralla partida de Recursos por Rubro descripta en Anexo I del presente decreto, con encuadre en lo dispuesto en el artículo19 de la Ley Nº 8.127, por un importe total de $4.700.000,00 (Pesos cuatro millones setecientos mil), de acuerdo al detalle allí consignado.
ARTÍCULO 2º: Dispónese, de conformidad con lo establecido en artículo 1º de este instrumento, la incorporación de partida de Gastos por Objeto de Administración Central, por un importe total de $4.700.000,00 (Pesos cuatro millones setecientos mil), según detalle obrante en Anexo II integrante de este decreto.
ARTÍCULO 3º: Apruébase con encuadre en el artículo 31 de la Ley N° 8.127, la transferencia de partidas de Gastos por Objeto efectuada en el Presupuesto Ejercicio 2.019 de Administración Central, por un importe total de $25.500.000,00 (Pesos veinticinco millones quinientos mil), según detalle obrante en Anexo III de este instrumento.
ARTÍCULO 4°: Incorpóranse, en función de lo dispuesto en artículos 2° y 3° del presente decreto, y con encuadre en los artículos 19 y 31 de la Ley N° 8.127, las partidas de recursos por rubro y gastos por objeto en el Presupuesto Ejercicio 2.019 de la Jurisdicción 15 - Dirección de Vialidad de Salta, por un monto total de $30.200.000,00 (Pesos treinta millones doscientos mil), de acuerdo al detalle obrante en Anexos IV y V del presente instrumento.
ARTÍCULO 5º: Ratifícanse con encuadre en el artículo 10 del Decreto N°172/19, las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias Ejercicio 2.019, efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto mediante Batch Nos9491623, 9509925, 9510270 y 9512100, que contienen los movimientos presupuestarios previstos en los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de este instrumento.
ARTÍCULO 6°: Comuníquense a la Legislatura Provincial, dentro del plazo de 10 (diez) días, las incorporaciones y transferencias de partidas efectuadas por este decreto, conforme a lo dispuesto en los artículos 19y 31 de la Ley N° 8.127.
ARTÍCULO 7º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economía y el Sr. Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 8°: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
URTUBEY - Montero Sadir - Simón Padrós