DECRETO N° 1343/19
APRUEBA CONTRATO DE COMODATO CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL GÜEMES Y LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DE LA DIVISIÓN SEGURIDAD URBANA VALLE DE SIANCAS.

Publicado en el Boletín N° 20587, el día 19 de Septiembre de 2019.



SALTA, 16 de Septiembre de 2019

DECRETO Nº 1343

MINISTERIO DE SEGURIDAD

>Expte. Nº 44-184.814/2.013-2.

VISTO el Contrato de Comodato celebrado entre la Municipalidad de General Güemes, representada por la Intendente Municipal, Dra. Alejandra Fernández de Salcedo, y la Policía de la Provincia, representada por el señor Jefe de Policía, Crio. Gral. Ing. Ángel Mauricio Silvestre; y,

CONSIDERANDO:

> Que por dicho Contrato el Municipio de General Güemes cede gratuitamente en comodato a la Policía de la Provincia una parcela del Catastro Nº 5091 (SUM), ubicado en el Bº El Cruce de General Güemes, Provincia de Salta, destinado al funcionamiento de la División Seguridad Urbana Valle de Siancas;

Que a fs. 05, se acompaña copia de la Cédula Parcelaria, de la cual se desprende que la Municipalidad de General Güemes, es titular registral del catastro, objeto del presente contrato de comodato;

Que el citado contrato tiene vigencia al 01 de diciembre de 2.014, y por el término de 05 (cinco) años;

Que por lo expresado y atento Dictamen Nº 966/2.019 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, procede el dictado del pertinente instrumento aprobatorio;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato de Comodato, celebrado entre la Municipalidad de General Güemes, representada por la Intendente Municipal, Dra. Alejandra Fernández de Salcedo, y la Policía de la Provincia de Salta, representada por el señor Jefe de Policía, Crio. Gral. Ing. Ángel Mauricio Silvestre, con vigencia al 01 de diciembre de 2.014 y por el término de cinco (05) años, el que como Anexo forma parte del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- Gírese copia del presente a la Dirección General de Inmuebles y a la Dirección de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, dependientes del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Oliver - Simón Padrós



VER ANEXO


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