DECRETO N° 136/22
DISPONE PASE A RETIRO OBLIGATORIO DEL PERSONAL SUPERIOR Y SUBALTERNO DE LA POLICÍA DE PROVINCIA. CRIO. GRAL. SALVA MARIA MARTA Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 21173, el día 15 de Febrero de 2022.



SALTA, 10 de Febrero de 2022

DECRETO Nº 136

MINISTERIO DE SEGURIDAD
Y JUSTICIA

Expediente Nº 140044-220818/2021-0 y Cpde.1).-

VISTO la Resolución Nº 25.636/2021, dictada por Jefatura de Policia de la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO

Que por conducto de la citada resolución se dispuso el pase a Retiro Obligatorio del Personal Superior y Subalterno que se detalla en los anexos de la misma, por las causales que se especifican en cada caso en particular;

Que la medida propuesta se fundamenta en las condiciones arribadas por las respectivas Juntas de Eliminaciones del año 2021, en base al análisis de las condiciones particulares de los efectivos propuestos, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 248/1975 -Régimen de Promociones Policiales Ley Nº 5519-. Suplementaria de Retiros Policiales;

Que entre las causas que se tuvieron en cuenta para el Retiro Obligatorio fueron haber cumplido con lo establecido en el artículo 10 inciso j) de la Ley Nº 5519 (30 años de servicios policiales) computados al 31 de diciembre de 2021; y los antecedentes desfavorables, calculados desde el período comprendido desde el 2 de julio de 2020 al 1º de julio de 2021, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 19 inciso b) del Decreto Nº 248/1975;

Que los Retiros propuestos permitirán el mantenimiento de la estructura piramidal de mando y generar vacantes que redundarán en la lógica y justa expectativa de ascenso anual del Personal Policial;

Que en la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante Ley Nº 6818, se establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de toda licencia anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieren caducado, según lo dispuesto por el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificadas por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1977, debiendo cesar, al finalizar éstas, el pago de sus haberes;

Que es necesario dejar expresamente establecido que al pasar a retiro el persornal Superior y Subalterno de la Policía de la Provincia, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c), del Decreto Nº 248/1975, como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1950/1977;

Por ello, de conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 5519 y Nº 6818, y a lo previsto en el Decreto Nº 248/1975,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a Retiro Obligatorio del Personal Superior y Subalterno de la Policía de Provincia que se consignan en los Anexos I y II que forman parte del presente y por las causales que en cada caso se especifican.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro, cada agente deberá hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2o inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1o del Decreto Nº 287/1977.

ARTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que el Personal Superior y Subalterno de la Policía de la Provincia, cuyo pase a Retiro Obligatorio se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c), del Decreto Nº 248/1975, como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1950/1977.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cornejo - Lopez Morillo



VER ANEXO




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