DECRETO N° 1373/19
MODIFICA ANEXO I - DECRETO N° 1.000/2017. MODIFICADO POR SU SIMILAR Nº 422/2019. OPERATORIA PLAN SOL EN CASA.

Publicado en el Boletín N° 20594, el día 30 de Septiembre de 2019.



SALTA, 24 de Septiembre de 2019

DECRETO Nº 1373

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 302-230499/16-0 y agregados.

VISTO
el Plan Sol en Casa aprobado por Decreto Nº 1.000/2017 y su modificatorio Nº 422/2019; y,

CONSIDERANDO:

Que el citado plan tiene como objetivo posibilitar a la población de la Provincia el acceso a nuevas tecnologías de generación de energías renovables, promoviendo la adquisición e instalación de termotanques y calefones solares, difundiendo las ventajas del aprovechamiento de estas fuentes de energía para el uso doméstico;

Que en ese marco se estableció una línea de créditos, a través del Fondo Provincial de Inversiones, cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, con la finalidad de brindar facilidades financieras para solventar los costos de adquisición e instalación de los citados equipos de generación de energía térmica;

Que a través del Anexo I del Decreto Nº 1.000/2017 se establecieron las condiciones y características del Plan Sol en Casa, habiéndose fijado como monto máximo de los créditos que se concedan en el marco de esa línea, la suma de $ 24.000 (Pesos Veinticuatro Mil);

Que mediante Decreto Nº 422/2019, se modificó el monto máximo de los créditos a otorgarse, estableciéndose la suma de $45.000 (Pesos Cuarenta y Cinco Mil) y se facultó al Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable a realizar las modificaciones que fueran necesarias en el Plan Sol en Casa, a fin de asegurar su operatividad y el cumplimiento de sus objetivos;

Que en este contexto, es prudente dejar establecido, que los créditos que se concedan serán reintegrados sin aplicación de intereses ni actualizaciones;

Que las áreas competentes del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable realizaron un análisis de las variables económicas que inciden en el valor de los equipos solares cuyo uso se fomenta, recomendado la adecuación de los montos establecidos para los créditos a otorgar mediante la línea instaurada;

Que resulta conveniente establecer los mecanismos que aseguren la operatividad de la línea de créditos establecida, con el fin de alcanzar los objetivos planteados en la creación del Plan Sol en Casa;

Que el Programa Jurídico de la Secretaría de Industria, Comercio y Financiamiento, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable y la Secretaría Legal y Técnica de la Secretaría General de la Gobernación han tomado, en su oportunidad, la intervención que les compete;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modifícase el punto 5 del Anexo I del Decreto Nº 1.000/2017, modificado por su similar Nº 422/2019, dejando establecido como monto máximo de crédito para la operatoria del Plan Sol en Casa, la suma de $ 65.000 (Pesos Sesenta y Cinco Mil), manteniéndose sin alteraciones las restantes características y condiciones definidas en el citado instrumento.

ARTICULO 2º.- Facúltase al Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable a adoptar las medidas y formalizar los instrumentos necesarios a fin de asegurar la operatividad y eficiencia del “Plan Sol en Casa”.

ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Pinal - López Arias - Simón Padrós




Responsive image Responsive image