SALTA, 28 de Noviembre de 2018
DECRETO N° 1389
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expte. N° 273553/18-Código 321
VISTO las presentes actuaciones, por las cuales tramita la comisión oficial de diversos agentes del Ministerio de Salud Pública, para participar de la Reunión Binacional Argentina - Bolivia, en el Estado Plurinacional de Bolivia, y
CONSIDERANDO:
Que la citada reunión se llevó a cabo en la ciudad de Bermejo del Estado Plurinacional de Bolivia, el día 16 de noviembre de 2018.
Que el objetivo de la misma fu abordar temas de suma importancia para ambos países, tales como Tuberculosis; Zoonosis; Enfermedades transmitidas por vectores Leishmaniasis, y Programa ampliado de inmunizaciones;
Que el traslado de los agentes dependientes del Ministerio de Salud Pública, se hizo efectivo en vehículo oficial del citado organismo (TOYOTA HILUX AAA 862 XV);
Que el cumplimiento de la citada comisión generó gastos al personal, por lo que resulta necesario autorizar la misma para la correspondiente percepción de viáticos de acuerdo a normas vigentes;
Que en autos obra Visto Bueno del señor Ministro de Salud Pública, y la intervención de las áreas de competencia.
Por ello, y de conformidad con lo establecido en los Decretos Nº 4955/08, Nº 4308/10 y Nº 1470/17.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dáse por autorizada la comisión oficial para participar de la Reunión Binacional Argentina - Bolivia, que se llevó a cabo en la ciudad de Bermejo, Estado Plurinacional de Bolivia, los días 15 y 16 de noviembre de 2018, de las personas que seguidamente se consignan.
Dr. FRANCISCO GARCIA CAMPOS D.N.I. n° 16.632.384, Jefe de Programa Vigilancia por Redes Laboratoriales.
Dra. EMILCE TAPIA D.N.I. n° 21.633.689, Jefa de Programa Enfermedades Dermatológicas de Interés Sanitario.
Dra. ADRIANA JURE D.N.I. n° 17.343.496, Jefa de Programa de Inmunizaciones.
Dr. MARIO CISNEROS D.N.I. n° 13.318.476, Jefe de Programa TBC.
Sr. FEDERICO ROMANO D.N.I. n° 22.637.028, Chofer.
>ARTÍCULO 2°.- La Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Salud Pública liquidará los viáticos de acuerdo a la legislación vigente.
ARTÍCULO 3°.- La erogación resultante se imputará al Curso de Acción: 081050010011, Cuenta Objeto: 413711, Auxiliar: 1000.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
URTUBEY - Mascarello - Simón Padrós