DECRETO N° 14/22
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE - MATRÍCULA Nº 14.120, DEPARTAMENTO ORÁN. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DE OFICINAS DE LAS DIRECCIÓNES GENERALES DE NIVEL PRIMARIO E INICIAL, SECUNDARIO, SUPERIOR Y JÓVENES Y ADULTOS.

Publicado en el Boletín N° 21148, el día 11 de Enero de 2022.



SALTA, 3 de Enero de 2022

DECRETO Nº 14

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120047-93492/2015-0.-

VISTO el Decreto Nº 1270/2017; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del mencionado decreto se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en calle 20 de Febrero Nº 161 de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, identificado catastralmente como Matrícula Nº 14.120, departamento Orán, destinado al funcionamiento de las oficinas de la Direcciones Generales de Nivel Primario e Inicial, Secundario, Superior y Jóvenes y Adultos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que habiéndose cumplido el plazo acordado oportunamente, las partes convienen prorrogarlo desde el día 15 de junio de 2020 y hasta el día 14 de junio de 2021, de conformidad a lo establecido en la cláusula décimo quinta del referido contrato;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Nº 27/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección de Asuntos Jurídicos, ambos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001 y en el artículo 110 de la Ley Nº 8072,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA
:

ARTÍCULO 1o.- Apruébase la Prórroga del Contrato de Locación suscripta entre el Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, representada por su titular, Dr. Matías Cánepa, y la señora Maribel Peñalba, D.N.I. Nº 16.855.530, en su calidad de Administradora Provisoria de la “Sucesión de Armando Zorobabel Castro”, a partir del día 15 de junio de 2020 y hasta el día 14 de junio de 2022, la que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07 - SAF 1 - Curso de Acción 012-Actividad 0001- Servicios No Personales - Docencia Educación Primaria - Código: 071012000100.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º-. Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Esteban (I) - López Morillo



VER ANEXO


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