DECRETO N° 1421/19
SUBSIDIO. PACIENTE THIAGO LUIS GUANTAY.

Publicado en el Boletín N° 20599, el día 07 de Octubre de 2019.



SALTA, 2 de Octubre de 2019

DECRETO N° 1421

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. nº 1766/12-código 244-corresponde 74

VISTO
las presentes actuaciones, por las cuales se gestiona otorgar subsidio al paciente Thiago Luis Guantay, para afrontar el costo de tratamiento, conforme diagnóstico; y,

CONSIDERANDO:

Que dentro de la política sanitaria implementada en el Area de Salud, se trata de brindar soluciones inmediatas a pacientes carentes de recursos, mediante el otorgamiento de subsidios para afrontar su efectiva y eficiente atención;

Que a través de los antecedentes e informes médicos de los profesionales competentes, incorporados en el expediente de referencia, ha quedado acreditada la necesidad del tratamiento que requiere el paciente;

Que en consecuencia, resulta necesario cubrir el costo de prórroga de alimentación parenteral y enteral con internación domiciliaria, correspondiente al período de junio de 2019, la cual fue oportunamente autorizada por el Director de Asistencia Médica;

Que la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio del rubro tomó la intervención previa que le compete;

Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley nº 6583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas, y en la Ley de Contrataciones nº 8072 y su Decreto reglamentario nº 1319/18;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Otórgase subsidio al paciente Thiago Luis Guantay, D.N.I. nº 48.209.348, por la suma de pesos doscientos once mil novecientos treinta y ocho con treinta y dos centavos ($ 211.938,32), para cubrir el costo de prórroga de alimentación parenteral y enteral con internación domiciliaria, correspondiente al período de junio de 2019.

ARTICULO 2º.- La erogación resultante deberá imputarse a la Unidad de Costos: 081013000300, de Gestión de Pacientes, Cuenta: 415123, Auxiliar: 1004.

ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Mascarello - Simón Padrós



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