SALTA, 7 de Octubre de 2019
DECRETO Nº 1432
MINISTERIO DE PRODUCCION, TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Expediente Nº 407-277861/18-0.
VISTO el Contrato de Promoción de Inversión Privada celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la firma LA MORALEJA S.A., y las disposiciones contenidas en la Ley de Promoción y Estabilidad Fiscal para la Generación de Empleo Nº 8086 y su Decreto Reglamentario Nº 694/2018; y,
CONSIDERANDO:
Que la firma LA MORALEJA S.A. propone una inversión destinada a la ampliación de la capacidad de la planta productora de aceite esencial de limón y sus derivados a realizarse en un inmueble, identificado como Departamento ANTA 02 - Matrícula Nº 5.921, con una extensión de 100 Has. 204,55 m2; en la Provincia de Salta;
Que la Ley Nº 8086 crea el Sistema Único de Promoción de las Inversiones Privadas de la Provincia de Salta, para promover la generación de fuentes de trabajo de calidad y disminuir el impacto social que provoca la desocupación y subocupación en todo el territorio provincial, estableciendo un procedimiento que aliente la participación del sector privado, expandiendo la capacidad de producción de bienes y servicios y/o su modernización;
Que entre las medidas de carácter promocional que prevé el referido marco normativo, se encuentra la exención de algunos de los tributos provinciales existentes, o que se creasen, con exclusión de las Tasas Retributivas de Servicios; y la entrega de Certificados de Crédito Fiscal, por un monto de hasta el 40 % de las inversiones a realizar, los que podrán ser utilizados para el pago de los Impuestos a las Actividades Económicas, de Sellos e Inmobiliario Rural, o los que en el futuro lo reemplacen;
Que el Programa Jurídico de la Secretaría de Industria, Comercio y Financiamiento y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable han tomado en su oportunidad la intervención que les compete;
Que encontrándose cumplidos los objetivos y requisitos previstos por la normativa vigente, en el proyecto de inversión presentado por la firma LA MORALEJA S.A., y suscrito el Contrato de Promoción Privada celebrado con la Provincia de Salta, por el cual se fijan los alcances de los beneficios concedidos y las obligaciones de las partes, corresponde su ratificación por el Poder Ejecutivo Provincial en ejercicio de las facultades que le son propias y de las que le concede la Ley Nº 8086 y normativa concordante;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase en todas sus partes el contrato suscrito entre la Provincia de Salta, representada por la Sra. Ministra de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable Lic. Graciela María Pinal de Cid, y la firma La Moraleja S.A., el que forma parte del presente decreto como Anexo, por el que se otorga a dicha empresa beneficios promocionales como medida de estímulo y fomento, para la realización de un Proyecto de Inversión Privada bajo el Régimen Industrial denominado “Ampliación Fábrica de Aceite Esencial de limón y sus derivados”, a realizarse en un inmueble, identificado como Departamento ANTA 02 - Matrícula Nº 5.921, con una extensión de 100 Has. 204,55 m2; en la Provincia de Salta.
ARTÍCULO 2º.- Dispóngase que la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 8086 ejercite los controles necesarios en la ejecución del referido contrato e instruya a los Organismos competentes del Estado a estos fines.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, el señor Ministro de Economía, y el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
URTUBEY - Pinal - Montero Sadir - Simón Padrós