DECRETO N° 1468/18
PRÓRROGA PLAZO DE CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DEL ÁREA HIDROCARBURÍFERA "EL VINALAR" EFECTUADA POR LA EMPRESA "MADALENA ENERGY ARGENTINA S.R.L."

Publicado en el Boletín N° 20409, el día 19 de Diciembre de 2018.



SALTA, 14 de Diciembre de 2018

DECRETO N° 1468

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente N° 302-79234/2015-0 y agregados.

VISTO
la solicitud de prórroga de la Concesión de Explotación del Área CNO-2 “El Vinalar”, efectuada por la empresa “Madalena Energy Argentina S.R.L.”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada empresa resulta ser titular de la concesión de explotación del área hidrocarburífera “El Vinalar” en virtud de la adjudicación oportunamente realizada mediante Decreto Nacional N° 643/91 y posteriores cesiones realizadas;

Que aproximándose el vencimiento del plazo legal de la citada concesión de explotación, la concesionaria requirió el otorgamiento de una prórroga conforme lo prevé el artículo 35 de la Ley Nacional N° 17.319;

Que del informe técnico de la Dirección General de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía, se tomó conocimiento de la necesidad e importancia de continuar con las inversiones hidrocarburíferas en nuestra provincia, en orden a la caída que se viene observando en la actividad, considerando oportuno conceder a la Empresa la posibilidad de continuar explotando y explorando los yacimientos del Área, ya que también acarrearía eventuales ingresos en concepto de canon y regalías para la Provincia y la reactivación de mano de obra;

Que la mencionada Dirección General recomendó otorgar la prórroga solicitada para el área “El Vinalar”, por el plazo de diez (10) años a partir de la fecha de su vencimiento; y, además, adicionar un total de veinte (20) Unidades de Trabajo destinadas a fortalecimiento institucional y profundización de conocimientos sobre nuevas tecnologías de hidrocarburos y energías alternativas para la capacitación de personal y funcionarios, y la puesta a disposición de todo lo necesario para tareas inherentes al funcionamiento de la Secretaría de Energía, las que deberán ser cumplimentadas a su sólo requerimiento;

Que, asimismo, consideró que resultaría favorable para la Provincia continuar explotando los yacimientos del área, pues darle continuidad a este tipo de explotación de hidrocarburos líquidos potenciaría el bloque en conjunto con el área de explotación Puesto Guardián, y las áreas exploratorias Matorras y Ocultar, lo que produciría una sinergia que permitirá mantener la actividad durante los próximos años;

Que, conforme lo expresó el Programa Administrativo Contable de dicha Secretaría, “Madalena Energy Argentina S.R.L.” cumple con los requisitos de solvencia patrimonial, económica y financiera exigida por la Resolución N° 193 de la Secretaría de Energía de Nación, para hacer frente a su operatoria normal y cumplir con sus compromisos, y la misma cuenta con la correspondiente renovación anual en el Registro de Empresas Productoras de Petróleo, Gas y de su Industrialización de la Provincia;

Que la citada área informó que la empresa Madalena Energy Argentina S.R.L. no adeuda a la fecha compromiso de inversión alguno;

Que es política de la Provincia de Salta promover la exploración y la explotación hidrocarburífera dentro del territorio provincial, llevando adelante medidas de acción positiva tendientes a reactivar la actividad del sector, garantizando el desarrollo económico con equidad social y generando empleo, entre otros objetivos;

Que, en virtud de lo establecido en el artículo 98, inciso b), de la Ley Nacional N° 17.319, es facultad privativa del Poder Ejecutivo otorgar la prórroga solicitada;

Que la Dirección General de Hidrocarburos, los Programas Administrativo Contable y Jurídico de la Secretaría de Energía, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, han tomado la debida intervención que les compete;

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial y por los artículos 35 y 98, inciso b), de la Ley N° 17.319;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase el plazo de la concesión de explotación del área hidrocarburífera “El Vinalar”, situada en la Provincia de Salta, por el término de diez (10) años contados a partir del vencimiento del plazo legal oportunamente dispuesto por Decreto Nacional N° 643/91.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la empresa “Madalena Energy Argentina S.R.L.” deberá adicionar un total de veinte (20) Unidades de Trabajo de Capacitación, a las ya comprometidas, destinadas al fortalecimiento institucional y profundización de conocimientos sobre nuevas tecnologías de hidrocarburos y energías alternativas para la capacitación de personal y funcionarios, y la puesta a disposición de todo lo necesario para tareas inherentes al funcionamiento de la Secretaría de Energía, las que deberán ser cumplimentadas al sólo requerimiento de la Autoridad de Aplicación.-

ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Bibini - Simón Padrós



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