DECRETO N° 1487/19
APRUEBA CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL Y EL BANCO MACRO S.A.

Publicado en el Boletín N° 20605, el día 16 de Octubre de 2019.



SALTA, 11 de Octubre de 2019

DECRETO N° 1487

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente N° 401-256017/2019.-

VISTO el Convenio celebrado entre la Dirección General de Aviación Civil y el Banco Macro S.A.; y,

CONSIDERANDO:

>Que la Provincia de Salta solicitó al Banco Macro S.A., en su condición de agente financiero, la instalación y puesta en funcionamiento de un cajero automático en la localidad de Los Toldos;

Que al no existir una ruta terrestre habilitada que permita acceder por territorio argentino a dicha localidad, el Banco se encuentra imposibilitado de trasladar dinero y los elementos de manutención indispensables para la normal funcionalidad de un cajero automático;

Que por el presente Convenio la Dirección General de Aviación Civil se obliga a poner a disposición del Banco Macro S.A. -siempre que exista disponibilidad de aeronave y que las condiciones operativas y meteorológicas lo permitan-, vuelos por helicóptero con el objeto de trasladar por territorio argentino el dinero y toda otra carga que resulte necesaria para permitir la funcionalidad del cajero automático;

Que a tales fines el Banco concertará con la Dirección General de Aviación Civil la fecha y hora de los vuelos, en función de las necesidades de atención que tenga el cajero automático a emplazarse en la referida localidad y la disponibilidad técnico/operativas de las aeronaves;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 140, segundo párrafo y 144 de la Constitución Provincial, y el artículo 1° de la Ley N° 8.053,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio de Servicios de traslados aéreos para atender un cajero automático en la localidad de Los Toldos celebrado entre la Dirección General de Aviación Civil de la Provincia de Salta, representada por su Director General, Lic. Gabriel Horacio Muñoz, y el Banco Macro S.A., representado por sus apoderados Lic. Jorgelina Basso y Luis Antonio Rodríguez, el que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3°.-
Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Simón Padrós







VER ANEXO


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