SALTA, 24 de Febrero de 2023
DECRETO Nº 149
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expediente Nº 1100131-311125/2018-0 y agregados.-
VISTO las actuaciones de referencia; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de las mismas, el Ministerio de Seguridad y Justicia, solicita la afectación del inmueble identificado con la Matrícula Nº 129.959, del Departamento Capital, de titularidad de la Provincia de Salta, para la instalación de una Unidad Especial o de Apoyo de la Policía de la Provincia de Salta;
Que el citado inmueble se encuentra destinado para uso institucional, conforme surge de la cédula parcelaria de la Dirección General de Inmuebles;
Que la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado se expidió en sentido favorable de conformidad con las competencias conferidas por el Decreto Nº 1407/2006, encontrándose, asimismo, la intervención de la Secretaría de Tierra y Bienes, conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 844/2021;
Que la Coordinación Legal y Técnica dependiente del Ministerio de Infraestructura y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia, han tomado la intervención que les compete;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferida por el artículo 144 inciso 2) de la Constitución Provincial y los artículos 1º y 55 de la Ley de Contabilidad de la Provincia (Decreto - Ley Nº 705/1957),
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Aféctase el inmueble identificado con la Matrícula Nº 129.959, del Departamento Capital de propiedad de la Provincia de Salta al Ministerio de Seguridad y Justicia, para la instalación de una Unidad Especial o de Apoyo de la Policía de la Provincia de Salta.
ARTÍCULO 2º.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón, a la Contaduría General de la Provincia para el registro pertinente, y a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado para su control.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Camacho - Domínguez - López Morillo