DECRETO N° 1493/18
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATO DE COMODATO. SR. PAUL EDWARD SCHUTT Y LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20413, el día 28 de Diciembre de 2018.



SALTA, 20 de Diciembre de 2018

DECRETO Nº 1493

MINISTERIO DESEGURIDAD

Expte. Nº 44-94.017/18-0.

VISTO la Prórroga del Contrato de Comodato celebrado entre el señor Paul Edward Schutt, representado por la Dra. Julieta Monti, y la Policía de la Provincia de Salta, representada por el señor Jefe de Policía, Crio. Gral. Ing. Ángel Mauricio Silvestre; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1.199/2.017 se aprobó originariamente el Contrato de Comodato, mediante el cual el Sr. Schutt, cede en calidad de préstamo y uso gratuito a la Policía de la Provincia de Salta,una fracción del inmueble sito en calle San Martín Nº 140 de Cafayate, individualizado con los Catastros Nºs. 3746, 3747, 3748 y 3.749, el que será destinado exclusivamente para estacionamiento de vehículos automóviles y motocicletas tanto del personal que presta servicios en la Dirección de Unidad Regional Nº 6- Cafayate, como aquellos que se encuentran bajo su guarda por causa de su función;

Que la presente Prórroga del Contrato de Comodato tiene vigencia a partir del día 8 de agosto de 2.018 y hasta el 8 de agosto de 2.019;

Que en virtud de lo expresado y atento Dictamen Nº 594/2.018 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, procede el dictado del presente instrumento aprobatorio;

Que de conformidad a lo establecido en el Decreto Nº 7.655/1.972 y su modificatorio Nº 1.372/2.005 y Decreto Nº 3.149/2.010, corresponde la emisión del presente Decreto;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Apruébasela PRÓRROGA DECONTRATO DE COMODATO, celebrado entreel señor PAUL EDWARD SCHUTT, representado por su Apoderada, Dra. JULIETA MONTI, DNI. Nº 22.500.389, y la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA, representada por el señor Jefe de Policía, Crio. Gral. Ing.ANGEL MAURICIO SILVESTRE, con vigencia al 8 de agosto de 2.018 y hasta el 8 de agosto del 2.019, el que como Anexo forma parte del presente instrumento.

ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.





URTUBEY - Oliver - Simón Padrós



VER ANEXO


Responsive image Responsive image