DECRETO N° 158/20
CONVOCA A LAS CÁMARAS LEGISLATIVAS A SESIONES EXTRAORDINARIAS PARA EL TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE LEY. RÉGIMEN ESPECIAL Y TRANSITORIO DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS PROVINCIALES.

Publicado en el Boletín N° 20680, el día 06 de Febrero de 2020.



SALTA, 04 de Febrero de 2020

DECRETO Nº 158

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
la previsión contenida en el artículo 111 de la Constitución Provincial, relacionada con el Período Ordinario de Sesiones de las Cámaras Legislativas; y,

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecen los artículos 112 y 144, inciso 11), de la Constitución Provincial, el Poder Ejecutivo convoca a las Cámaras extraordinariamente para el tratamiento de temas que revisten el carácter de interés público, indicando los asuntos que determinan tal convocatoria;

Que en este sentido, ante el actual escenario económico, el Poder Ejecutivo considera de interés público el tratamiento de dos proyectos de ley destinados a alivianar la apremiante situación actual de aquellos contribuyentes que desean cumplir con sus obligaciones tributarias;

Que a través del primer proyecto se diseña un sistema de Regularización de Deudas Provinciales, y se prevé la creación de Programas de Beneficios para Contribuyentes Cumplidores, de Fomento a la Creación de Empleo en la Provincia de Salta y de Incentivo en Capital de Trabajo y Microcréditos, con la finalidad de alentar el buen comportamiento fiscal y de reducir, en su caso, la carga tributaria;

Que asimismo, mediante el segundo proyecto se establece un Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes consistente en la posibilidad de recaudar conjuntamente los tributos correspondientes al Monotributo nacional, provincial y, en su caso, municipal o comunal, que implicaría una simplificación operativa para los pequeños contribuyentes, reduciendo los deberes formales que pesan sobre los mismos en la actualidad, y por otro lado, un mecanismo de mayor certidumbre recaudatoria para la Provincia;

Que por otra parte, con el propósito de garantizar una mayor eficiencia y eficacia en la prestación del servicio de justicia, se propone en el tercer proyecto la modificación del artículo 32 de la Ley Nº 5.642, contribuyendo así al incremento de la calidad institucional en el Poder Judicial de la Provincia, fijando un límite mínimo y máximo para la integración de la Corte de Justicia de Salta;

Que finalmente, y ante la vacancia en el cargo de Defensor General de la Provincia producida por el vencimiento del mandato de la Dra. María Inés Diez, resulta necesario designar su reemplazante de conformidad a lo previsto en los artículos 101 y 165 de la Constitución Provincial;

Que el Poder Ejecutivo considera de interés público y de impostergable tratamiento los asuntos que motivan la presente convocatoria;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 112 y 144, inciso 11), de la Constitución Provincial, corresponde convocar a sesiones extraordinarias a ambas Cámaras Legislativas;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Convócase a la Legislatura de la Provincia a Sesiones Extraordinarias, para el tratamiento de los proyectos de ley que como Anexos I, II y III forman parte del presente, y para la celebración por la Cámara de Senadores de Sesión Especial para el tratamiento del pliego y otorgamiento de acuerdo para la designación del Dr. PEDRO OSCAR GARCÍA CASTIELLA, D.N.I. Nº 20.347.511 en el cargo de DEFENSOR GENERAL DE LA PROVINCIA.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Posadas



VER ANEXO



.

Responsive image Responsive image