DECRETO N° 1619/19
COMISIÓN OFICIAL. CIUDAD SANTA CRUZ DE LAS SIERRAS -ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.

Publicado en el Boletín N° 20631, el día 22 de Noviembre de 2019.



SALTA, 13 de Noviembre de 2019

DECRETO N° 1619

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, TRABAJO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 346-206186/2019-0

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la correspondiente autorización de la comisión oficial llevada a cabo en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra -Estado Plurinacional de Bolivia-, entre los días 20 al 29 de septiembre del corriente; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma tuvo como fin participar de la EXPOCRUZ 2019, donde la Provincia instaló un stand institucional, donde se brindó información y se expusieron productos de empresas salteñas, y se les proporcionó a las mismas asistencia técnica para su participaron en la Rueda de Negocios Internacionales;

Que han tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, y la Oficina de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía;

Por ello, con encuadre en los Decretos Nros. 4.955/2.008, N° 4.308/2.010, N° 248/2.019 y N° 233/2.009,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por autorizada la comisión oficial realizada por el Lic. Sebastián Ashur Mas D.N.I N° 21.311.138 y el señor Roberto Angulo D.N.I N° 16.659.068, agentes dependientes del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, hacia la ciudad de Santa Cruz de las Sierras -Estado Plurinacional de Bolivia- para participar en la EXPOCRUZ 2019, entre los días 20 al 29 de septiembre de 2.019, debiéndoseles liquidar los viáticos correspondientes conforme la legislación vigente, con cargo de oportuna rendición de cuentas.

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demandó lo dispuesto precedentemente, fue solventadA con las correspondientes partidas presupuestarias del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Pinal - Simón Padrós




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