DECRETO N° 162/24
APRUEBA CONVENIO DE EJECUCIÓN PLAN NACIONAL ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE, CELEBRADO CON LA SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL - EX MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN.

Publicado en el Boletín N° 21674, el día 19 de Marzo de 2024.



SALTA, 15 de Marzo de 2024

DECRETO Nº 162

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 28.986/2024 - código 234.

VISTO el Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina Contra el Hambre; y,

CONSIDERANDO:

Que el mismo tiene por objeto financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condición de vulnerabilidad social en la Provincia, en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y del Plan Nacional “Argentina Contra el Hambre";

Que en ese marco, se aportará a la Provincia, la suma de pesos dos mil cien millones noventa y cinco pesos con dos centavos ($ 2.100.000.095,02) en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas;

Que tales aportes estarán destinados a financiar la entrega de Módulos Alimentarios para familias en situación de vulnerabilidad socio-económica, durante un período de ocho (8) meses;

Por ello, en el marco de lo dispuesto en el artículo 144 de la Constitución Provincial y lo previsto en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina Contra el Hambre, celebrado entre la ex Secretaría de Inclusión Social del entonces Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Provincia de Salta, el que como Anexo forma parte deI presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Mimessi - López Morillo





VER ANEXO


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