DECRETO N° 1633/19
COMISIÓN OFICIAL. CIUDAD DE ASUNCIÓN, REPÚBLICA DEL PARAGUAY.

Publicado en el Boletín N° 20631, el día 22 de Noviembre de 2019.



SALTA, 13 de Noviembre de 2019

DECRETO N° 1633

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expedientes Nros. 31-290433/2019 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones, mediante las cuales se gestiona la correspondiente autorización para la comisión oficial que efectuarán funcionarios y personal dependiente de Jurisdicción 01, hacia la ciudad de Asunción, República del Paraguay; y,

CONSIDERANDO:

Que la citada comisión se realiza a fin de cubrir diversas actividades que llevará a cabo el Vicegobernador de la Provincia, en el vecino país;

Que el Servicio Administrativo Financiero de la Gobernación, tomó la intervención de su competencia;

Por ello, con encuadre en los Decretos N° 4955/2.008, N° 4308/2.010, N° 233/2.019 y N° 248/2.019,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el traslado de la aeronave Learjet 45XR - Matrícula LV-ARD, de propiedad del Estado Provincial, que trasladará al señor Vicegobernador de la Provincia de Salta, hacia la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el día 14 de noviembre de 2019, al mando de la tripulación de la Dirección General de Aviación Civil, conformada por el Piloto: Cap. Ricardo Funes, Cap. Martín Gonzalo Toledo y Auxiliar a Bordo: María Fernanda David, debiéndoseles liquidar los viáticos de acuerdo a la legislación vigente, más gastos eventuales e imprevistos, con cargo de oportuna rendición de cuentas.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase la comisión oficial de la comitiva que seguidamente se detalla, que acompañará al Vicegobernador de la Provincia, hacia la ciudad de Asunción, República del Paraguay, entre los días 13 y 15 de noviembre de 2.019, debiéndoseles liquidar los viáticos de acuerdo a la legislación vigente:

· Luis E. Marocco

· Walter Ríos

· Cristian Vázquez

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará a los Cursos de Acción que correspondan de la Jurisdicción 01. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Simón Padrós






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