DECRETO N° 1649/19
APRUEBA "PROYECTO ESPECÍFICO" SUSCRITO CON LA FUNDACIÓN CAPACIT-AR DEL NOA.

Publicado en el Boletín N° 20630, el día 21 de Noviembre de 2019.



SALTA, 15 de Noviembre de 2019

DECRETO Nº 1649

MINISTERIO DE LA PRIMERA INFANCIA

Expediente Nº 1070376-205854/2019-0

VISTO el Proyecto Especifico celebrado entre el Ministerio de la Primera Infancia y la Fundación Capacit-ar del Noa en el marco del “Proyecto Social de Acción Conjunta”; y,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de la Primera Infancia convoca a la Fundación Capacit-ar del Noa, quien acepta trabajar de manera conjunta y colaborativamente en la ejecución del “Proyecto Social de Acción Conjunta”;

Que este “Proyecto Social de Acción Conjunta” busca promover una mejor calidad de vida de aquellos grupos familiares que se encuentran en situación de vulnerabilidad, mediante la implementación de intervenciones integrales que promuevan la interacción social y fortaleciendo vínculos entre referentes afectivos y personas del entorno, a efectos de generar criterios de crianza significativa y paternidad responsable y con ello, ayudar a reducir posibles desigualdades sociales, utilizando como herramienta fundamental el fortalecimiento y capacitación de actores zonales, a quienes se les encomienda la supervisión constante de las reales necesidades de cada poblador;

Que, los fondos para dar cumplimiento a los compromisos asumidos en el Acuerdo específico provienen del Convenio celebrado por el Ministerio de la Primera Infancia y la Dirección Nacional de Protección Social dependiente de la Secretaría de Acompañamiento y Protección Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación (MSDSN), en el Marco del Plan Nacional de Protección Social, aprobado mediante Resolución MSDSN Nº 246/19, el cual se encuentra protocolizado por Decreto Provincial N° 1241/19;

Que, conforme lo dispuesto en la cláusula segunda del Convenio aludido, las partes acuerdan que el Proyecto se desarrollará bajo la modalidad de gestión asociada, promoviendo una estrategia participativa en su implementación, monitoreo y supervisión;

Que el Ministerio de la Primera Infancia compromete solventar los gastos que conlleve la ejecución de lo acordado en el Proyecto Especifico celebrado, estando dicho compromiso económico, sujeto a las transferencias que efectué el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de Nación en el marco del Convenio citado ut supra;

Que han tomado intervención, la Oficina Provincial de Presupuesto, la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, el Servicio Administrativo Financiero y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de la Primera Infancia;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144º de la Constitución de la Provincia de Salta;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “Proyecto Específico” suscrito entre la Fundación Capacit-ar del Noa y el Ministerio de la Primera Infancia, el cual formará parte del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar al Ministerio de la Primera Infancia, en los términos de Cláusula Séptima del citado Proyecto, a transferir la suma de Pesos Dos Millones Trescientos Cincuenta y Siete Mil Trescientos Noventa y Ocho Con 00 ctvs. ($ 2.357.398,00) a favor de la Fundación Capacit-ar del Noa.

ARTÍCULO 3º.- Habilitar al Ministerio de la Primera Infancia a efectuar transferencia citada en artículo que antecede, en concordancia al cronograma de desembolso acordado y a las formas de pago previstas en el Convenio celebrado con el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de Nación, con destino a la implementación del Proyecto Social de Acción Conjunta, protocolizado mediante el Decreto Nº 1241/19.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a las respectivas partidas de la Jurisdicción y CA correspondiente al Ministerio de la Primera Infancia.

ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de la Primera Infancia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY  - Abeleira - Simón Padrós



VER ANEXO


Responsive image Responsive image