SALTA, 15 de Noviembre de 2019
DECRETO Nº 1650
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Expediente Nº 226-12000/2.019-Cde. 2 y agregados.
VISTO que la Coordinación de Asuntos Institucionales solicita la aprobación de subsidios otorgados por ese organismo a través de la Disposición Nº 000013/2.019; y,
CONSIDERANDO:
Que dichas colaboraciones monetarias se realizaron a fin de atender las distintas necesidades de personas y/o instituciones que las solicitaron;
Que el Servicio Administrativo Financiero de la Gobernación, a través de su Unidad Operativa de Tesorería, ha efectuado las correspondientes registraciones de los ingresos de fondos a la cuenta bancaria respectiva y los pagos efectuados a los beneficiarios de dichos subsidios;
Que, asimismo, la Unidad de Sindicatura Interna de la Secretaría General de la Gobernación tomó la intervención de su competencia;
Que la Secretaría Legal y Técnica mediante el Dictamen N° 2987/2.019 manifiesta que corresponde dictar el acto administrativo pertinente que apruebe los subsidios ya analizados y otorgados por la Coordinación de Asuntos Institucionales, sin perjuicio de la obligación de los beneficiarios de rendir cuentas de los mismos;
Por ello, con encuadre en la Ley N° 6.780 y bajo las disposiciones de las Resoluciones Nº 268/2.010 y Nº 319/2.010 de la Secretaría General de la Gobernación,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Disposición Nº 000013/2.019 de la Coordinación de Asuntos Institucionales, la que como Anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demandó el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputó a la cuenta Transferencias - Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes - Ayuda Social a Personas - Secretaría General de la Gobernación - Ejercicio 2.019.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º. - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
URTUBEY - Simón Padrós