DECRETO N° 1650/19
APRUEBA DISPOSICIÓN Nº 000013/2.019 DE LA COORDINACIÓN DE ASUNTOS INSTITUCIONALES. SUBSIDIOS.

Publicado en el Boletín N° 20630, el día 21 de Noviembre de 2019.



SALTA, 15 de Noviembre de 2019

DECRETO Nº 1650

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 226-12000/2.019-Cde. 2 y agregados.

VISTO que la Coordinación de Asuntos Institucionales solicita la aprobación de subsidios otorgados por ese organismo a través de la Disposición Nº 000013/2.019; y,

CONSIDERANDO:

Que dichas colaboraciones monetarias se realizaron a fin de atender las distintas necesidades de personas y/o instituciones que las solicitaron;

Que el Servicio Administrativo Financiero de la Gobernación, a través de su Unidad Operativa de Tesorería, ha efectuado las correspondientes registraciones de los ingresos de fondos a la cuenta bancaria respectiva y los pagos efectuados a los beneficiarios de dichos subsidios;

Que, asimismo, la Unidad de Sindicatura Interna de la Secretaría General de la Gobernación tomó la intervención de su competencia;

Que la Secretaría Legal y Técnica mediante el Dictamen N° 2987/2.019 manifiesta que corresponde dictar el acto administrativo pertinente que apruebe los subsidios ya analizados y otorgados por la Coordinación de Asuntos Institucionales, sin perjuicio de la obligación de los beneficiarios de rendir cuentas de los mismos;

Por ello, con encuadre en la Ley N° 6.780 y bajo las disposiciones de las Resoluciones Nº 268/2.010 y Nº 319/2.010 de la Secretaría General de la Gobernación,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Disposición Nº 000013/2.019 de la Coordinación de Asuntos Institucionales, la que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demandó el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputó a la cuenta Transferencias - Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes - Ayuda Social a Personas - Secretaría General de la Gobernación - Ejercicio 2.019.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º. - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Simón Padrós



VER ANEXO


Responsive image Responsive image