DECRETO N° 167/22
DISPONE PASE A SITUACIÓN DE RETIRO OBLIGATORIO POR INCAPACIDAD. SARGENTO AYUDANTE SILVIA EDITH ROJAS. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21188, el día 10 de Marzo de 2022.



SALTA, 4 de Marzo de 2022

DECRETO Nº 167

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 140044-47646/2018-0.

VISTO la solicitud de Retiro Obligatorio por Incapacidad de la Sargento Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, Silvia Judith Rojas; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 3397/2018, la Jefatura de Policía resuelve tener la patología sufrida que afecta a la mencionada sargento, como contraída “independientemente del servicio”, de conformidad con lo establecido en el artículo 439 de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia Salta, solicitando se disponga el pase a situación de Retiro Obligatorio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 inciso h), de la Ley Nº 5519 -Suplementaria de Retiros Policiales-;

Que la Asesoría Médica de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), evaluó los estudios clínicos y la documentación presentada y constató, conjuntamente con el diagnóstico de la Junta Médica del Departamento Salud de la Policía, de fecha 3 de noviembre de 2017, que la Sargento Ayudante Rojas presenta una incapacidad definitiva del 68% (sesenta y ocho por ciento), sugiriendo su pase a situación de retiro, patología que no guarda relación con el servicio;

Que la liquidación tendiente a la determinación del haber de retiro cuenta con el visado positivo de la ANSeS y de la Resolución Nº 650/2019 del entonces Ministerio de Seguridad, notificada debidamente a la beneficiaría;

Que, cabe mencionar, que la Sargento Ayudante Rojas en contra de la Resolución Nº 650/2019, interpuso recurso de reconsideración, el cual fue rechazado mediante la Resolución Nº 312/2020 del entonces Ministerio de Seguridad; posteriormente contra éste último acto, presentó recurso jerárquico, el cual fue denegado por el Decreto Nº 821/2021;

Que en la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Provisional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante Ley Nº 6818, se establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que la agente tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72, del Decreto Nº 1950/1977 modificados por el artículo 1º, del Decreto Nº 2875/1997, debiendo cesar, al finalizar éstas, el pago de haberes;

Que es necesario dejar establecido que, al pasar a retiro obligatorio la Sargento Ayudante Silvia Edith Rojas quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c), del Decreto Nº 248/1975, como así también de la aplicación del artículo 21, del Decreto Nº 1950/1977;

Que atento lo expresado y en virtud al Dictamen Nº 3/2022 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia, es procedente el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 5519, Nº 6818 y Nº 8128,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Obligatorio por Incapacidad de la Sargento Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, Silvia Edith Rojas, D.N.I. Nº 28.258.553, Clase 1980, Legajo Personal Nº 15.601 -Cuerpo Seguridad- Escalafón General- con encuadre en la causal prevista en el artículo 10 inciso h) de la Ley Nº 5519- Suplementaria de Retiros Policiales-, en mérito a las razones enunciadas en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro de la agente, deberá hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72, del Decreto Nº 1950/1977 modificados por el artículo 1º, del Decreto Nº 2875/1997.

ARTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que la Sargento Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, Silvia Judith Rojas, D.N.I. Nº 28.258.553, Clase 1980, Legajo Personal Nº 15.601, cuyo pase a retiro obligatorio se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c), del Decreto Nº 248/1975, como así también de la aplicación del artículo 21, del Decreto Nº 1950/1977.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cornejo - López Morillo






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