DECRETO N° 170/22
OTORGA BENEFICIO DE RECONOCIMIENTO AL MÉRITO ARTÍSTICO. SR. GUIDO RUBÉN NÚÑEZ.

Publicado en el Boletín N° 21188, el día 10 de Marzo de 2022.



SALTA, 4 de Marzo de 2022

DECRETO Nº 170

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0060059-162688/2019-0.

VISTO la solicitud del señor Guido Rubén Núñez al otorgamiento del beneficio de Reconocimiento al Mérito Artístico como intérprete de teatro; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la Ley Nº 6475 se creó el Régimen de Reconocimientos al Mérito Artístico, el cual fue modificado por la Ley Nº 6802;

Que el artículo 1º de la última ley citada, establece: “Los reconocimientos estarán destinados a beneficiar a creadores literarios, plásticos, artesanales, de la composición musical y de los intérpretes de obras de autores salteños cuyos contenidos entrañen el espíritu de los contextos tradicionales, históricos y geográficos de nuestra Provincia, de la región o del país y tendrán el carácter de vitalicios”;

Que en ese marco normativo y del análisis de las constancias de autos, surge que el peticionante ha cumplimentado todos los requisitos exigidos para obtener el beneficio al mérito artístico como intérprete de teatro (artículo 3º de la Ley Nº 6475 modificado por el 2º de la Ley Nº 6802);

Que en efecto, el señor Núñez cuenta con más de cincuenta y cinco años de edad y es nativo de la Provincia de Salta;

Que, asimismo, acredita más de veinte (20) años de trayectoria pública ininterrumpida en su actividad artística, como así también la realización de más de quince (15) puestas en escena;

Que la Fiscalía de Estado y la Secretaría de Cultura del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Que en virtud de ello, corresponde acoger favorablemente el pedido de reconocimiento al Mérito Artístico tramitado, con encuadre en los artículo 2º y 3º de la Ley Nº 6475, modificada por los artículo 1º y 2º de la Ley Nº 6802;

Por ello

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase, a partir de la fecha de su notificación, el beneficio de Reconocimiento al Mérito Artístico solicitado por el señor Guido Rubén Núñez, D.N.I. Nº 14.670.165, en la categoría de intérprete de teatro, con encuadre legal en los artículos 2º, 3º inciso h) y 5º inciso d), de la Ley Nº 6475, modificada la Ley Nº 6802 y en mérito a las razones expresadas en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Cánepa - López Morillo




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