SALTA, 9 de Marzo de 2023
DECRETO Nº 170
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 234-36636/2023-0.-
VISTO el Convenio celebrado entre la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio tiene por objeto el otorgamiento por parte del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación de un subsidio institucional, destinado a la compra de maquinarias, herramientas y materiales necesarios para la implementación de proyectos productivos o de servicios, presentados por el Gobierno de la Provincia de Salta, en el marco del Programa Nacional “Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social";
Que para ello, el citado Ministerio se compromete a transferir a la Provincia de Salta la suma total de pesos ciento diecinueve millones ciento noventa y tres mil trescientos setenta y uno con ochenta y un centavos ($ 119.193.371,81);
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial y las competencias establecidas en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado entre la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta, cuyo texto como Anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Vargas - López Morillo