SALTA, 19 de Marzo de 2024
DECRETO Nº 171
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Expediente Nº 0120159-236723/2015 y agregados.-
VISTO el contrato de locación de inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y el señor Marcial Emilio Marquiegui y la señora Nora Gómez de Marquiegui; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado contrato tiene por objeto la locación del inmueble sito en calle 9 de Julio Nº 738 de la ciudad de Tartagal, identificado catastralmente como Matrícula Nº 3001, destinado al funcionamiento de oficinas dependientes de la Direcciones Generales de Nivel Primario e Inicial, Secundario, Superior y Jóvenes y Adultos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;
Que el Secretario de Administración y Control de Procesos, emitió la Resolución Nº 5013/2022, aprobando el procedimiento de contratación referido;
Que la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;
Que atento de lo dispuesto por el artículo 4º de la Resolución Nº 35/2023 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;
Por ello, conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Inmueble suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia, y Tecnología, representado por el entonces titular, doctor Matías Canepa y el señor Marcial Emilio Marquiegui, D.N.I. Nº 6.147.637 y la señora Nora Gómez de Marquiegui DN.I. Nº 5.074.593, a partir del 1º de enero 2023 hasta el 31 de diciembre 2024, el que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07: Ministerio de Educación - SAF 1: Ministerio de Educación - Curso de Acción: 012 -Actividad: 0001 - Servicios No Personales - Educación Primaria - Código: 071012000100.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Fiore Viñuales - López Morillo