DECRETO N° 1777/19
APRUEBA RÉGIMEN ESPECIAL DE ESTABILIDAD DE LA ORQUESTA SINFÓNICA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 20642, el día 09 de Diciembre de 2019.



SALTA, 5 de Diciembre de 2019

DECRETO Nº 1777

MINISTERIO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

Expediente Nº 60347-300927/2019-0.-

VISTO la Ley N° 7.072, el Decreto N° 95/2013 y el Acta N° 8 de fecha 20 de noviembre de 2019; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del artículo 15 de la citada ley se creó la Orquesta Sinfónica de la provincia de Salta como órgano dependiente del Instituto de Música y Danza;

Que entre las modalidades de los músicos de la orquesta, el artículo 18, inciso a), de la Ley N° 7.072 prevé la de “músico estable”, cuyos integrantes deben revalidar sus funciones de acuerdo a las condiciones y procedimientos que establezca dicho Instituto;

Que mediante el Decreto Nº 95/2013, se aprobó el Sistema de Evaluación por Desempeño el cual tiene por objeto lograr la excelencia y calidad de la Orquesta Sinfónica como cuerpo artístico, en general, y de los músicos que la integran, en particular, a través del perfeccionamiento continuo;

Que en el marco de la Subcomisión de Cuerpos Artísticos, representantes de las Secretarías de Cultura, de la Función Pública y de Trabajo y Empleo, como así también de la Orquesta Sinfónica de la provincia de Salta propusieron, mediante Acta N° 8 del 20 de noviembre del corriente año, un proyecto de régimen especial que garantiza la estabilidad laboral a los músicos en la medida que reúnan las condiciones de excelencia y calidad artística, manteniendo el Sistema de Evaluación por Desempeño;

Que la Secretaría de Cultura del Ministerio de Cultura, Turismo y Deportes, la Secretaria de la Función Pública y la Secretaría Legal y Técnica dependientes de la Secretaría General de la Gobernación, intervinieron en el ámbito de su competencia;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144, inciso 2°, de la Constitución Provincial, y por los artículos 1° y 3° de la Ley N° 8.053,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º - Aprúebase el Régimen Especial de Estabilidad de la Orquesta Sinfónica de la provincia de Salta que, como Anexo, forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Cultura, Turismo y Deportes, y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



URTUBEY - Lavallén - Simón Padrós



VER ANEXO


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