DECRETO N° 181/24
DISPONE LA DESTITUCIÓN POR EXONERACIÓN. OFICIAL AUXILIAR WALTER LUIS BARBOZA ROMERO. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21683, el día 05 de Abril de 2024.



SALTA, 26 de Marzo de 2024

DECRETO Nº 181

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 0140044-109252/2022-0

VISTO la situación laboral del Oficial Auxiliar de la Policía de la Provincia de Salta, Walter Luis Barboza Romero; y,

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician con el informe efectuado por el Destacamento Guardia de Tribunales (DUR-1);

Que a raíz de los hechos denunciados, y toda vez que el Tribunal de Impugnación Sala II informó que la sentencia condenatoria del agente Barboza Romero se encuentra firme, la Jefatura de Policía determinó, mediante Resolución Nº 42.074/2022, la suspensión preventiva del referido agente, de conformidad a lo establecido por el artículo 167 del Decreto Nº 1490/2014 -Reglamento General de la Policía-;

Que la Secretaría de Seguridad ordenó la instrucción del Sumario Administrativo conforme lo prevé el artículo 190 inciso a) del Decreto Nº 1490/2014;

Que luego del cierre y clausura de la instrucción, la Dirección General de Asuntos Internos de la Secretaría de Seguridad emitió Dictamen Nº 250/2023, a través del cual aconsejó declarar responsable administrativamente al Oficial Auxiliar Barboza Romero y, en consecuencia, destituirlo por exoneración;

Que la responsabilidad administrativa, que se hace efectiva a través del poder disciplinario, aparece cuando el agente comete una falta de servicio, transgrediendo reglas propias de la función pública - Marienhoff, Miguel S., "Tratado de Derecho Administrativo", Tomo lll-B, pág. 409, Ed. Abeledo Perrot, Bs As. 1.998), siendo que este poder disciplinario estatal fue ejercido, en el presente caso, conforme lo ordena la normativa aplicable;

Que de las conclusiones sumariales, la sentencia condenatoria resuelta por el Tribunal de Juicios Sala VII, lo informado por el Tribunal de Impugnación Sala II sobre la condena recaída en la Causa Nº 157.799/2019, la Foja Especial de Servicio y los demás antecedentes obrantes en el expediente, quedó acreditado que el agente Barboza Romero, de conformidad a lo establecido por el artículo 61, inciso b) de la Ley Nº 6193 del Personal Policial, incurrió en la infracción prevista en los artículos 104, 107 y 108 inciso v) del Decreto Nº 1490/2014, con el agravante del artículo 140 inciso b) del mencionado decreto, concordante con el artículo 30 inciso c) de la Ley Nº 6193;

Que por otra parte, cabe decir que el procedimiento sumarial llevado adelante no contiene vicio alguno que lo invalide, pues, se dio cumplimiento a las normas que informan el debido proceso, y se resguardó el ejercicio del derecho de defensa;

Que en ese marco, el debido proceso en su concepción amplia, consiste en cumplir con las exigencias procedimentales que tenga establecidas el ordenamiento provincial vigente (CSJN, Fallos 310:248-5; a su vez, una noción estricta -representada como una parte del procedimiento administrativo- consiste en el derecho que asiste al interesado a ser oído, ofrecer prueba y a obtener una resolución fundada [Cfr. Canosa, Armando N. "El debido proceso adjetivo el procedimiento administrativo", publicado en procedimiento y Proceso Administrativa", Obra colectiva, Juan Carlos Cassagne (Director), Ed. Abeledo Perrot - Lexis Nexis-UCA, Bs. As. Año 2005, Pág. 49];

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168 y 199 del Reglamento General de la Policía de la Provincia de Salta, se le otorgó al agente la posibilidad de comparecer, realizar su declaración de descargo y alegar;

Que en virtud de lo expuesto y atento el Dictamen Nº 42/2024 de la Fiscalía de Estado, corresponde disponer la destitución por exoneración Oficial Auxiliar de la Policía de la Provincia de Salta, Walter Luis Barboza Romero;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 144 inciso 2) de la Constitución Provincial, y 2º de la Ley Nº 8171 y su modificatoria Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la destitución por exoneración del Oficial Auxiliar de la Policía de la Provincia de Salta, Walter Luis Barboza Romero, DNI Nº 31.338.170, Legajo Personal Nº 19.499, de conformidad a lo establecido por el artículo 61, inciso b) de la Ley Nº 6193 del Personal Policial, por infracción a los artículos 104, 107 y 108 inciso v) del Decreto Nº 1490/2014, con el agravante del artículo 140 inciso b) del mencionado decreto, concordante con el artículo 30 inciso c) de la Ley Nº 6193.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Domínguez - López Morillo




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