DECRETO N° 187/22
OTORGA EN CALIDAD DE COMODATO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE LOS COBRES. EL INMUEBLE - MATRÍCULA CATASTRAL Nº 1.479 DEL DEPARTAMENTO LOS ANDES, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ÁREA DE APOYO LOGÍSTICO POCITOS.

Publicado en el Boletín N° 21191, el día 15 de Marzo de 2022.



SALTA, 8 de Marzo de 2022

DECRETO Nº 187

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expte. Nº 388-106067/2021-0

VISTO la solicitud efectuada por la Municipalidad de San Antonio de los Cobres; y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, se requirió en comodato una fracción de 1.99 hectáreas del inmueble de mayor extensión identificado con la Matricula Catastral Nº 1.479 del Departamento Los Andes, de propiedad de la Provincia de Salta, para la puesta en funcionamiento del “Área de Apoyo Logístico Pocitos”;

Que el objetivo fundamental del pedido es dotar a la localidad de Salar de Pocitos de un espacio geográfico definido, destinado al desarrollo de actividades de soporte logístico para el funcionamiento operativo de los centros de producción de bienes o servicios localizados en la zona Puna, fomentando el empleo local, el desarrollo de emprendedores y mejorando la calidad de vida de la comunidad;

Que el Ente General de Parques y Áreas Industriales de Salta ha tomado intervención, manifestando la factibilidad legal para otorgar el comodato solicitado per el término de cinco años o hasta la creación del Parque Industrial Pocitos, lo que ocurra primero; debiendo darse integro cumplimiento a la normativa que regula los Parques Industriales de Salta - Ley Nº 7701 y su Decreto Reglamentario Nº 2543/2012;

Que la Secretaria de Tierras y Bienes, en ejercicio de las competencias asignadas por el Decreto Nº 1407/2006, sugirió hacer lugar al comodato pretendido, atento a las razones de interés público comprometidas;

Que resulta necesario señalar que, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 1372/2005 y por el artículo 1539 del Código Civil y Comercial de la Nación, la Provincia podrá requerir, por cuestiones de oportunidad, mérito o conveniencia, la restitución anticipada de la fracción del inmueble objeto del comodato, sin derecho a reclamo o resarcimiento alguno;

Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura tomó la intervención de su competencia;

Que de conformidad a lo establecido por Decreto Nº 7655/1972, su modificatorio Decreto Nº 1372/2005 y Decreto Nº 3149/2010, corresponde la emisión del presente instrumento;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase en calidad de comodato, a favor de la Municipalidad de San Antonio de los Cobres, por el plazo de cinco (5) años o hasta la creación del Parque Industrial Salar de Pocitos, si ello ocurriera primero, una fracción de 1.99 hectáreas de inmueble de mayor extensión identificado con la Matrícula Catastral Nº 1.479 del Departamento Los Andes, de titularidad de la Provincia de Salta, para el funcionamiento del “Área de Apoyo Logístico Pocitos”, en la zona de la localidad de Salar de Pocitos del Departamento Los Andes, conforme al croquis que como Anexo I forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase al señor Secretario de Tierras y Bienes del Estado a suscribir el pertinente contrato de comodato.

ARTÍCULO 3º.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón, de acuerdo a lo previsto por Decreto Nº 1372/2005, a la Contaduría General de la Provincia para su registro y notifíquese a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, para su control.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, y la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese



SÁENZ - Camacho - De los Ríos Plaza - López Morillo



VER ANEXO


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