DECRETO N° 189/21
APRUEBA CONVENIO "LÍNEA ESPECIAL DE PRÉSTAMOS PARA MIPYMES DE LA PROVINCIA DE SALTA" CELEBRADO CON EL BANCO MACRO SA.

Publicado en el Boletín N° 20944, el día 12 de Marzo de 2021.



SALTA, 10 de Marzo de 2021

DECRETO Nº 189

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 407-14510/2021

VISTO
el Convenio "Línea Especial de Préstamos para MIPYMES de la Provincia de Salta"; y,

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Convenio, celebrado entre el Banco Macro SA y el Gobierno de la Provincia de Salta, representado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, tiene por objeto establecer una Iínea especial de créditos bancarios para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, la que será financiada por el "Banco" que aplicará recursos propios por hasta un monto de $200.000.000;

Que asimismo, se implementa con la participación y el aporte de los fideicomisos "Fondo de Garantías Argentino" (FOGAR BID), "Fondo Nacional de Desarrollo Productivo" (FONDEP) y "Fondo de Afectación Especifica FAE FOGAR Salta" (FAE FOGAR SALTA);

Que han tomado la intervención de su competencia la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial y conforme lo dispuesto por la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio "Línea Especial de Préstamos para MIPYMES de la Provincia de Salta", celebrado entre el Banco Macro SA, y el Gobierno de la Provincia de Salta, el que como Anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la respectiva partida de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, del ejercicio correspondiente.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - De los Ríos Plaza - Posadas



VER ANEXO




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