DECRETO N° 189/22
APRUEBA CONVENIO ESPECÍFICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROYECTO CON FINANCIACIÓN DEL FONDO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA - LÍNEA DE ACCIÓN "INTEGRACIÓN SOCIO URBANA DE BARRIOS POPULARES RENABAP", CELEBRADO CON EL COMITÉ EJECUTIVO DEL FIDEICOMISO FONDO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA.

Publicado en el Boletín N° 21193, el día 17 de Marzo de 2022.



SALTA, 11 de Marzo de 2022

DECRETO Nº 189

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 234-24298/2022-0.-

VISTO el Convenio Específico celebrado entre el Comité Ejecutivo del Fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que el mismo tiene por objeto el otorgamiento de una asistencia financiera por parte del Fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana, para llevar a cabo la ejecución del Proyecto de Integración Socio Urbana en los Barrios “Nueve de Julio” y “San Antonio” de la ciudad de Tartagal - Departamento General José de San Martín, denominado “Obras de Red Cloacal, Red Vial y Red de Desagües Pluviales”;

Que la Dirección General de la Coordinación Jurídica, Técnica y Administrativa del Ministerio de Desarrollo Social, tomó la intervención de su competencia;

Por ello, y en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial, y los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Específico para la Implementación de un Proyecto con Financiación del Fondo de Integración Socio Urbana -Línea de Acción “Integración Socio Urbana de Barrios Populares RENABAP”, celebrado entre el Comité Ejecutivo del Fideicomiso Fondo de Integración Socio Urbana y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta, el que como Anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-



SÁENZ - Vargas - López Morillo



VER ANEXO




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