DECRETO N° 225/23
FACULTA A FISCALÍA DE ESTADO A PROMOVER JUICIO DE EXPROPIACIÓN DE INMUEBLE. MATRÍCULA N° 28 DEL DEPARTAMENTO LA POMA. DESTINO: CREACIÓN DE UNA CANCHA DE FÚTBOL Y ESPACIOS RECREATIVOS Y DEPORTIVOS.

Publicado en el Boletín N° 21444, el día 04 de Abril de 2023.



SALTA, 31 de Marzo de 2023

DECRETO Nº 225

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 388-104525/2022-0.-

VISTO la Ley Nº 8309; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la misma, se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de 2 has. 500m2 del inmueble de mayor extensión identificado con la Matrícula Nº 28, del Departamento La Poma, Provincia de Salta, para ser destinado a la creación de una cancha de fútbol y espacios recreativos y deportivos;

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Expropiaciones de la Provincia de Salta Nº 1336, renumerada bajo el Nº 2614 y modificada por su similar Nº 4272, la Dirección General de Inmuebles informa que el valor fiscal, incrementado entre 30% (treinta por ciento), de la fracción de 2 has. 500m2 del inmueble de mayor extensión identificado con la Matrícula Nº 28, del Departamento La Poma asciende a la suma de $ 117,65 (pesos ciento diecisiete con sesenta y cinco centavos);

Que el Servicio Administrativo Financiero, la Unidad de Sindicatura Interna y la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura efectuaron las intervenciones de su competencia;

Que por su parte, la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Secretaría General de la Gobernación ha tomado la debida intervención;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Facúltase a Fiscalía de Estado a promover juicio de expropiación de una fracción de 2 has. 500 m2 del inmueble identificado con la Matrícula Nº 28 del Departamento La Poma, Provincia de Salta, conforme al croquis de la Ley Nº 8309 con destino a la creación de una cancha de fútbol y espacios recreativos y deportivos.

ARTÍCULO 2º.- Por el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura y por Tesorería General de la Provincia páguese a Fiscalía de Estado la suma de $ 117,65 (pesos ciento diecisiete con sesenta y cinco centavos), correspondiente al valor fiscal incrementado en un 30% de la fracción de 2 has. 500 m2 del inmueble de mayor extensión identificado con la Matrícula Nº 28 del Departamento La Poma, conforme al croquis obrante en la Ley Nº 8309, con cargo de oportuna rendición de cuentas.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción 092025000300, Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SAÉNZ - Camacho - López Morillo




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