SALTA, 11 de Enero de 2022
DECRETO Nº 23
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Expte. Nº 234 - 281578/2021 - 0.
VISTO la Addenda suscripta entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento de la Nación y la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 411/2020 se aprobó el Convenio Específico, suscripto por la Provincia de Salta y el mencionado organismo, para la ejecución de cien reservorios de agua segura en diversos parajes de los departamentos San Martín y Rivadavia de la Provincia de Salta;
Que resulta necesario ampliar el plazo de ejecución del mismo y en virtud de ello las partes suscribieron la respectiva Addenda;
Por ello, conforme a las facultades dispuestas en el artículo 144 de la Constitución Provincial y artículos 1º y 4º de la Ley Nº 8171 -modificada por su similar Nº 8274-,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Apruébase la Addenda suscripta entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento de la Nación, representado por su Administrador Dr. Enrique T. Cresto, y la Provincia de Salta, representada por el suscripto, la que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado ppr la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Vargas - Esteban (I)