DECRETO N° 230/22
APRUEBA CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA INTEGRAL DE HÁBITAT, SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT DE LA NACIÓN Y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA. "PLAN BELGRANO PARA EL NORTE ARGENTINO".

Publicado en el Boletín N° 21209, el día 11 de Abril de 2022.



SALTA, 5 de Abril de 2022

DECRETO Nº 230

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expte. Nº 0110272-56170/2022-0

VISTO el Convenio Marco de Adhesión para la Ejecución del Programa Integral de Hábitat; y,

CONSIDERANDO:

Que en fecha 21 de noviembre de 2017 el Estado Nacional y la Corporación Andina de Fomento (CAF) suscribieron el Contrato de Préstamo CAF-10099 por un monto de hasta dólares estadounidenses setenta y cinco millones (U$S 75.000.000), destinado a financiar parcialmente el Programa Integral de Hábitat;

Que el objetivo del mencionado Programa, consiste en mejorar de modo sustentable el hábitat de los residentes de las 900 localidades más vulnerables de la región comprendida en el “Plan Belgrano para el Norte Argentino” y prevé la ejecución de obras e infraestructura;

Que en ese orden se suscribió el Convenio de Adhesión que se aprueba por el presente, en el cual la Nación se compromete a otorgarle a la Provincia, en su calidad de subejecutor, un financiamiento para proyectos que se presenten en el marco del Programa Integral de Hábitat;

Que la Provincia se compromete a conformar, organizar y poner en funcionamiento una Unidad Ejecutora Provincial;

Que la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, y la Coordinación General de Asuntos Legales y Técnicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, y en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial, y los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Adhesión para la Ejecución del Programa Integral de Hábitat, suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, representado por su titular Ing. Jorge Horacio Ferraresi y el Gobierno de la Provincia de Salta, representado por el suscripto, el que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) del Programa Integral de Hábitat.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - López Morillo



VER ANEXO




Responsive image Responsive image