DECRETO N° 244/22
APRUEBA ACTA ACUERDO DE PRÓRROGA DEL CONVENIO PARA RECUPERACIÓN DEL CASCO HISTÓRICO, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SALTA Y LA MUNICIPALIDAD DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21211, el día 13 de Abril de 2022.



SALTA, 11 de Abril de 2022

DECRETO Nº 244

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 1100125-242020/2021-0.-

VISTO el Acuerdo de Prórroga del Convenio para la Recuperación del Casco Histórico celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la Municipalidad de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del Decreto Nº 2403/2001 se aprobó el Convenio de Colaboración Mutua para la Recuperación del Casco Histórico de la Ciudad de Salta, cuya última prórroga fue instrumentada mediante el Decreto Nº 1588/2019, hasta el 1º de enero del 2020;

Que el casco Histórico de la Provincia posee un preponderante valor histórico, cultural, artístico y turístico y por ende resulta de vital importancia su preservación como patrimonio cultural de los salteños;

Que en ese marco, resulta necesario continuar con la ejecución de los trabajos realizados y aprobar el Acuerdo que dispone la nueva prórroga hasta el 1º de enero de 2022 o hasta la fecha de finalización de obras, si éstas concluyesen en un plazo menor;

Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 144 inciso 1), de la  Constitución Provincial, 1º y 2º de la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acuerdo de Prórroga del Convenio para la Recuperación del Casco Histórico, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Salta, representado por el señor Ministro de Infraestructura, Ing. Sergio Darío Camacho y la Municipalidad de Salta, representada por la señora Intendenta, Dra. Bettina Inés Romero, cuya copia como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295), Proyecto: 931, Unidad Geográfica: 99, Cuenta: Obras de Desarrollo Municipal, Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Camacho - López Morillo



VER ANEXO




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